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Niega medidas cautelares a Huerta en su juicio por la dirigencia estatal del PAN

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El TEEP consideró que las medidas cautelares eran improcedentes por tratarse de hechos ya consumados

Puebla, Pue.- El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) negó medidas cautelares a favor de Genoveva Huerta Villegas, quien interpuso una queja contra el Partido Acción Nacional (PAN), por considerar que no le habían entregado la suficiente información para impugnar el proceso interno por la dirigencia estatal del albiazul.

Huerta señaló que la información “resulta necesaria para su defensa” en el litigio que emprendió con el objetivo de que el proceso interno de selección se repitiera y que la negativa del partido restringió su derecho de afiliación y militancia partidista, además de que la violentó políticamente en razón de su género. 

Sin embargo, la resolución de los magistrados sobre el expediente TEEP-JDC-004/2022, declaró inviable ordenar las medidas cautelares debido a que se trata de actos consumados y el partido ya ratificó el triunfo de Augusta Díaz de Rivera el 17 de diciembre pasado.

“En ese sentido, los efectos del dictado de las medidas cautelares son ineficaces (porque) se tratan de hechos consumados, los cuales resultan de imposible reparación, entendiéndose como tales, aquellos cuyos efectos no pueden retrotraerse y que son materialmente imposibles de restituirlos al estado en que se encontraban antes de que ocurrieran”, argumentó el tribunal. 

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