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Suprema Corte: obras creadas con IA no podrán registrarse con derechos de autor

  • Diego Juárez
La Segunda Sala de la Corte resolvió por unanimidad que el derecho de autor es un derecho humano exclusivo de las personas físicas.

Ciudad de México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras generadas exclusivamente mediante inteligencia artificial (IA) no pueden ser registradas bajo el régimen de derechos de autor en México.

El Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) informó que la decisión, aprobada por unanimidad en la Segunda Sala, reafirma que el derecho de autor es un derecho humano vinculado de manera exclusiva a la creatividad y originalidad humanas .

El caso se originó en 2024, cuando un particular solicitó registrar la obra digital “Avatar Virtual” , creada a través de la plataforma de IA Leonardo. La petición fue rechazada con el argumento de que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) establece que únicamente las obras de creación humana pueden ser inscritas.

Tras varias impugnaciones, incluida una demanda de amparo, la SCJN confirmó la negativa al concluir que:

  • El derecho de autor corresponde exclusivamente a personas físicas.

  • Las obras autónomas de IA no cumplen con los requisitos de originalidad.

  • Ni el T-MEC ni el Convenio de Berna reconocen a la IA como autora.

  • La limitación de la autoridad a humanos es constitucional y razonable.

Indautor subrayó que este fallo sienta un precedente en México en materia de propiedad intelectual y nuevas tecnologías , manteniendo la protección del derecho de autor como exclusivo del ser humano.

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