• Puebla

Conoce las multas por Contaminación Visual y Auditiva

  • Marco Antonio Landa
Los poblanos deberán sujetarse a esta nueva Ley, de lo contrario, recibirán sanciones de 10 años de cárcel y multas hasta de 481 mil 100 pesos

Puebla, Pue.- Con la reciente aprobación de la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva, los poblanos deben sujetarse a esta legislación, de lo contrario, recibirán sanciones de 10 años de cárcel y multas hasta de 481 mil 100 pesos.

En sesión de las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático de la LXI Legislatura del Congreso del Estado se aprobó, por unanimidad, el dictamen por el que se expide la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva para el Estado y decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 198 y adicionan diversas disposiciones del Código Penal, ambos turnados por el Ejecutivo del Estado.

Pero como personas conocemos los límites máximos ante la regulación de la contaminación auditiva en Puebla, lo que sí es un hecho es que las personas están a favor de esta ley, sobre todo, porque luego existen vecinos que deciden realizar una fiesta y el ruido es demasiado sobre todo a altas horas de la noche.

De esta manera, los 217 ayuntamientos del Estado de Puebla serán los responsables de consultar la Norma Oficial Mexicana NOM-081 para establecer cuáles serán los decibeles permitidos a fin de aplicar las sanciones contra quienes generen contaminación auditiva como en la que incurren sonideros, camiones de gas, clubs, discotecas, bares, incluso los camiones de la basura, así como transporte público o particulares que circulan con altos niveles de música.  Se sancionará hasta con 36 horas de arresto a quienes generen altos niveles de ruido.

Los límites máximos permisibles para la emisión de ruido son los siguientes: en zona residencial hasta los 55 decibeles, industriales y comerciales 68 db., en ceremonias, festivales, eventos de entretenimiento, es de 100 db.

Dentro de las sanciones que se aplicarán a aquellas personas o lugares que no respeten estos límites son en primer lugar una llamada de atención, posteriormente multas económicas, revocación de permisos, retiro de anuncios y en caso de rescindir hasta el arresto.

La iniciativa detalla sanciones a quienes cometan un daño ambiental (pérdida o detrimento al medio ambiente) será de 5 mil UMAS, es decir, hasta 481 mil 100 pesos.

Además de 2 a 10 años a quienes cometan un daño ambiental. Los propietarios de publicidad estarán obligados a destinar el 10 por ciento anual del tiempo para difundir el fomento al cuidado del medio ambiente y la concientización hacia las personas, así como para informar sobre acciones gubernamentales.

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