• Nación

SCJN ordena retirar a Lorenzo Córdova de libro de texto de la SEP

  • Diego Juárez
La Suprema Corte resolvió que la SEP debe eliminar de un libro de texto para sexto de primaria una referencia que señala a Lorenzo Córdova como autor de comentarios discriminatorios, por vulnerar su derecho al honor y la reputación.

Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, al concederle un amparo que obliga a la Secretaría de Educación Pública (SEP) a eliminar su nombre y referencias directas en un libro de texto gratuito para sexto de primaria.

La decisión fue tomada por mayoría de votos de los ministros Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Javier Laynez Potisek, integrantes de la Segunda Sala de la Corte, quienes respaldaron el proyecto presentado por este último. El fallo ordena suspender la distribución del libro “Proyectos Comunitarios”, donde en la página 246 se incluye un pasaje que señala a Córdova como autor de comentarios discriminatorios hacia comunidades indígenas, basados en un audio difundido en 2015.

En ese material se escucha al exconsejero burlarse del modo de hablar de un líder indígena. El libro, publicado por la SEP en 2023, incorporó esta referencia como parte de su contenido educativo, lo que llevó a Córdova a presentar un amparo en agosto de ese mismo año. Argumentó que el fragmento vulneraba sus derechos al honor, la reputación, la dignidad y la presunción de inocencia, además de afectar el derecho a una educación objetiva para niñas y niños.

Una juez de Distrito falló inicialmente a su favor, ordenando que la SEP eliminara el pasaje en futuras ediciones impresas y digitales. Sin embargo, la SEP interpuso un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte, la cual finalmente respaldó los argumentos del exfuncionario.

En su resolución, la Corte determinó que el contenido sí afecta la imagen pública de Córdova, ya que presenta los hechos de manera parcial y genera una percepción negativa sobre su trayectoria personal y profesional. “Esta Segunda Sala considera que resultan fundados los argumentos del quejoso a través de los cuales plantea que el acto reclamado transgrede su derecho al honor y reputación debido a que modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona, ya que sólo muestra una parte de los hechos que dieron su origen y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera académica y profesional”, señala el fallo aprobado por mayoría.

Las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres votaron en contra del amparo, al considerar que se debe priorizar el derecho de la niñez a una educación con acceso a información relevante. Ambas formarán parte de la próxima conformación de la Suprema Corte.

¿Buscando más noticias hoy en Puebla? Sigue leyendo en nuestro portal para mantenerte informado.

Foto : INE

djs

municipios_interiores: 

Encuesta

¿Usted ha recibido apoyos del gobierno del estado en el último mes?