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Congreso de Puebla aprueba la Ley de Amnistía

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Cuatro panistas votaron en contra de la iniciativa

En sesión extraordinaria, el Congreso de Puebla aprobó la Ley de Amnistía, la cual tiene como fin perdonar actos delictivos de personas en situación de vulnerabilidad.

 

Con 32 votos a favor y cuatro en contra por parte del Partido Acción Nacional (PAN), el Pleno del Legislativo local aprobó dicha ley, la cual fue enviada por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina.

Los votos en contra provinieron de los diputados del Partido Acción Nacional (PAN): Rafael Micalco, Karla Rodríguez Palacios, Miguel Espinosa y Mónica Rodríguez Della Vecchia.

Detalles de la Ley de Amnistía

La Ley de Amnistía tiene como objetivo principal conceder el perdón a personas que hayan cometido delitos, siempre y cuando se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. Esta legislación busca beneficiar a quienes se encuentren en extrema pobreza, tengan discapacidades permanentes, o no hayan recibido garantías adecuadas de acceso a la justicia durante su proceso.

Entre los puntos destacados de la ley se incluyen:

  • Delitos contra la salud: Se concede amnistía a quienes hayan cometido estos delitos si se encuentran en situación de extrema pobreza o discriminación, o si no se les ha garantizado el acceso adecuado a la justicia.

  • Delitos cometidos bajo coacción: Aquellos que hayan cometido delitos bajo la presión de grupos delincuenciales o por temor fundado, así como personas pertenecientes a comunidades indígenas o afromexicanas que hayan enfrentado barreras culturales durante su proceso, pueden ser beneficiarios de la amnistía.

  • Delitos menores: Se incluye a quienes hayan poseído narcóticos en cantidades superiores a la dosis máxima permitida para consumo personal, siempre que no hayan tenido fines de comercio.

  • Delitos de sedición: Se extiende el perdón a quienes hayan instigado a la sedición por motivos políticos, siempre que no se haya producido violencia grave ni se hayan utilizado armas de fuego.

Exclusiones de la Ley

No podrán beneficiarse de la amnistía quienes hayan cometido delitos graves como homicidio, secuestro, feminicidio, trata de personas, y aquellos delitos que impliquen el uso de violencia o armas de fuego. Tampoco se aplicará a quienes ya hayan recibido el beneficio de la amnistía.

Implementación y Solicitudes

Se creará la Comisión de Amnistía del Estado de Puebla para coordinar y supervisar la aplicación de esta ley. Esta comisión estará integrada por diversas secretarías y el DIF.

Las solicitudes de amnistía podrán ser presentadas por los interesados, sus defensores, familiares hasta el cuarto grado, o por organismos defensores de derechos humanos. La resolución de las solicitudes deberá ser emitida en un plazo máximo de seis meses, con la opción de interponer un Juicio de Amparo Indirecto si no se obtiene respuesta en dicho periodo.

Esta ley, que había estado pendiente durante más de tres años a pesar de las exhortaciones del Senado de la República, marca un importante avance en el enfoque del sistema de justicia en Puebla, buscando una mayor equidad para las personas en situaciones de vulnerabilidad.

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Foto: especial

 

ALR

 

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