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Aprueban Ley para la Declaración Especial de Ausencia en Puebla

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Fue aprobado por unanimidad

Con 36 votos a favor, el Congreso de Puebla aprobó la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición Forzada.

Este hecho ocurrió durante el Día Internacional de Víctimas de Desaparición Forzada y después de una marcha por parte del Colectivo Voz de los Desaparecidos.

María Luisa Núñez, representante del colectivo, celebró la decisión, destacando que es el resultado de la persistente lucha de numerosas familias poblanas afectadas por la desaparición de seres queridos. 

“La lucha comienza el día en que nuestros familiares desaparecen... Esta ley no solucionará el problema de la desaparición en sí, pero sí abordará otros problemas derivados de ella”, afirmó Núñez.

La iniciativa, elaborada en colaboración entre la Ibero Puebla y el colectivo, fue presentada al Congreso por la diputada Mónica Silva Ruiz el 5 de octubre de 2023. 

Un mes después, en un foro colectivo, se recibieron observaciones de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Consejo Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda y el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo.

La Ley de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición Forzada busca asegurar que los derechos y bienes de las personas desaparecidas se mantengan protegidos mientras se resuelve su situación.

Esta ley permitirá a los familiares de personas reportadas como desaparecidas gestionar trámites esenciales como la custodia de hijos y la pensión alimenticia.

Además, facilitará el acceso a derechos sociales como la seguridad social. Según el dictamen presentado en octubre de 2023, este documento será emitido por una autoridad jurisdiccional en materia familiar o civil.

El objetivo principal de la ley es proteger los derechos de los dependientes de la persona desaparecida. Esto incluye asegurar que cualquier prestación laboral o seguridad social previamente disfrutada continúe durante el proceso. Además, los bienes de la persona desaparecida, incluyendo propiedades ejidales o adquiridas a crédito, estarán bajo la supervisión de la autoridad judicial para garantizar su protección.

La ley también establece la suspensión provisional de cualquier acto judicial, mercantil, civil, fiscal o administrativo relacionado con la persona desaparecida. Aunque se emita una Declaración de Ausencia, la persona será considerada legalmente viva y se nombrará a un representante legal para gestionar sus bienes y derechos.

Esta medida representa un avance significativo en la protección y el respaldo a las familias que enfrentan la angustia de la desaparición de sus seres queridos, asegurando que sus derechos y bienes sean respetados mientras se mantiene la búsqueda activa.

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Foto: especial

 

ALR

 

 

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