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Tumban magistrados candidatura del PT a alcaldía de San Sebastián Tlacotepec

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El fallo, del Tepjf por participar de forma simultánea en los procesos internos de Movimiento Ciudadano y del PT

El Partido del Trabajo se quedó sin candidato a la alcaldía de San Sebastián Tlacotepec, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocara el registro de Giovanni Martínez Escobedo debido a que compitió por la misma postulación en el proceso interno de Movimiento Ciudadano (MC).

En el expediente que analizaron los magistrados se señala que el 29 de noviembre de 2023 el Partido del Trabajo emitió su convocatoria para participar en el registro de precandidaturas para contender en el Proceso Interno de selección, elección, conformación y postulación de precandidaturas y fórmulas de candidaturas.

Diez días después, el 9 de noviembre de ese año, Movimiento Ciudadano emitió su convocatoria para el proceso interno de selección y elección de personas candidatas a cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 en el Estado de Puebla.

La convocatoria del Partido del Trabajo estuvo vigencia del 29 de noviembre de 2023 al 11 de marzo de 2024. Giovanni Martínez Escobedo participó en ese proceso interno y el Partido del Trabajo lo postuló a la alcaldía de San Sebastián Tlacotepec, Puebla.

Al mismo tiempo Martínez Escobedo participó en el proceso interno de Movimiento Ciudadano y el 9 de diciembre de 2023 se aprobó la procedencia de su registro como precandidato a la presidencia municipal de San Sebastián Tlacotepec, Puebla.

Cuando el 31 de marzo de 2024 se publicaron en la página de internet del IEE los nombres de las personas candidatas aprobadas, Giovanni Martínez Escobedo apareció como candidato del Partido del Trabajo.

Fue entonces que Movimiento Ciudadano presentó un juicio de revisión constitucional electoral al considerar que Giovanni Martínez Escobedo es inelegible debido a que participó simultáneamente en dos procesos de selección interna de candidaturas sin que entre Movimiento Ciudadano y el Partido del Trabajo medie convenio alguno para participar en coalición.

El pasado 25 de abril los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF dijeron que “se acreditó que participó y se registró formalmente en dos procesos de selección internos de partidos que no tiene ningún tipo de alianza política” con lo que Giovanni Martínez vulneró la prohibición de participación simultánea en dos procesos de selección internos, ya que fue registrado como precandidato de un partido y, posteriormente, designado por uno distinto, sin haber renunciado al primer proceso.

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Foto: Facebook

ivg

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