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Crea AMLO Comisión para vigilar desarrollo del IMSS-Bienestar

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Dará seguimiento y acompañamiento a los procesos para implementar la estrategia operativa del programa

A través de un decreto, Andrés Manuel López Obrador creó una Comisión Presidencial que dará seguimiento y acompañamiento a los procesos para implementar la federalización del Sistema de Salud IMSS-Bienestar.

El 10 de octubre de 2023, las y los gobernadores de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Hidalgo, estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla.

Así como Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Zacatecas, así como el jefe de Gobierno de Ciudad de México, y los secretarios de Salud de Guerrero y Morelos, suscribieron el Acuerdo para la Federalización de sus sistemas de Salud.

Por ello, ahora la Comisión tiene por objeto dar seguimiento y acompañamiento a los procesos para implementar la estrategia operativa para la federalización del Sistema de Salud para el Bienestar en las entidades federativas.

Estará integrada por el presidente, los titulares de Salud federal y del IMSS, los gobernadores de Nayarit, Tamaulipas y Sonora, así como subsecretarios, comisionados y directores generales.

En específico, la Comisión tendrá las siguientes funciones:

I. Coordinar las acciones que realizan las dependencias, entidades e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, que en el ámbito de sus respectivas competencias les correspondan para el cumplimiento del objeto del presente decreto;

II. Diseñar y promover las acciones estratégicas de colaboración y políticas públicas estratégicas entre los diferentes órdenes de gobierno para la eficiente integración de los servicios de salud en el Sistema de Salud para el Bienestar;

III. Solicitar a las dependencias, entidades e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, que en el ámbito de sus respectivas competencias les correspondan, información relacionada con el cumplimiento del objeto de la Comisión, quienes deben proporcionarla de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

IV. Emitir los criterios operativos bajo los cuales las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben actuar en el ámbito de sus atribuciones, con el fin de coordinarse y brindar los apoyos que sean requeridos, para la instrumentación de la estrategia operativa para la federalización del Sistema de Salud para el Bienestar en las entidades federativas que han suscrito el Acuerdo Nacional para la Federalización del Sistema de Salud para el Bienestar;

V. Proponer a las autoridades competentes las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto del presente decreto;

VI. Emitir los lineamientos para su organización y funcionamiento, y

VII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto y que sean aprobadas en el seno de la Comisión, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

En cada una de las entidades que han suscrito el Acuerdo Nacional será nombrado un representante para la federalización del Sistema de Salud para el Bienestar.

Este tendrá a su cargo el seguimiento de las estrategias que se implementen a nivel local para cumplir con el objeto de la Comisión, y podrá requerir el apoyo de las autoridades estatales y municipales, así como de los profesionales, para las actividades que estime necesarias.

Este decreto y la Comisión estarán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024.

 

 

 

Foto: archivo m

 

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