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Es inconstitucional el cobro de los parquímetros en Puebla: SCJN

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El caso fue analizado debido a las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró este lunes como inconstitucional el cobro de parquímetros en el Centro Histórico de la Ciudad de Puebla.

El caso fue analizado debido a las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, sobre el artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023.

Ahí se establecía el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales –parquímetros-.

La Corte destacó que en el artículo impugnado no se especificaba la temporalidad a la que correspondían las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.

Aunado a ello, en el último párrafo de la fracción XI se establecía que las tarifas se sujetarían a los lineamientos emitidos por la autoridad municipal, lo que implicaba una violación al principio de legalidad tributaria –conforme al cual, ese aspecto debió preverse en ley–.

Además de que también se transgredía el derecho de seguridad jurídica de los contribuyentes, pues no tenían la certeza del pago que debían realizar.

Finalmente, el Pleno exhortó al Congreso de esa entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.

El ministro ponente fue Jorge Mario Pardo Rebolledo.

 

 

 

Foto: Esimagen

 

gse

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