- Puebla
Ya son delitos la violencia vicaria y la psicológica contra niños en Puebla
Las reformas para castigar la violencia vicaria y la violencia psicológica contra menores de edad y adultos mayores ya fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado, por lo que ambos delitos ya son motivo de denuncia y penas de cárcel en Puebla.
El pasado 15 de julio, el Congreso local aprobó la tipificación de la violencia vicaria, que se entiende como todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido o manipulación de las hijas y los hijos.
También es una manifestación de violencia por parte de quien mantiene o mantuvo una relación afectiva o sentimental de pareja con la víctima, y utiliza a sus hijas e hijos como instrumento para causarle daño.
Además “se considera como violencia vicaria equiparada la que se realice hacia un, ascendiente directo por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, dependiente económico de la víctima, o un adulto mayor que se encuentre al cuidado de la víctima”.
Este tipo de violencia está presente, por ejemplo, en los casos en los que un padre manipula a las y los infantes para ponerlos en contra de su madre. También, cuando una pareja se divorcia y uno de los padres o tutores retiene a la hija o hijo sin autorización del otro.
La violencia vicaria puede llegar a expresiones extremas como el asesinato de niñas o niños. En cualquiera de los casos, el agresor busca afectar psicológicamente a la víctima por medio de sus seres queridos.
Cimac Noticias reportó que Zacatecas, Yucatán, Hidalgo, el Estado de México y Puebla ya tipificaron la violencia vicaria como un delito.
En este último, quedó establecido que se castigará con penas de entre dos años y medio hasta 10 años ocho meses de prisión a quien ejerza este tipo de violencia contra sus parejas o ex parejas.
El decreto del Congreso fue publicado el 3 de agosto, por lo que ya está en vigencia.
También van contra violencia a menores
Por otra parte, el 2 de agosto se publicó la reforma al Código Penal para aumentar los castigos por violencia psicológica contra menores de edad y adultos mayores.
Esta adecuación legal fue aprobada en el Congreso el pasado 8 de julio, a fin de que quienes agredan psicológicamente a estos grupos etarios sean sancionados hasta con 4 años y 6 meses de prisión y multas superiores a los 7 mil pesos.
El artículo 355 del Código Penal señala que se impondrán de tres meses a tres años de prisión y multa de cinco a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona autora de golpes y violencias físicas o psicológicas o de ambas, si la persona ofendida fuere ascendiente o descendiente menor de edad de la persona ofensora.
Además, si la persona ofendida fuere menor de edad o mayor de sesenta años o persona con discapacidad, la sanción se aumentará hasta en una mitad, por lo que la prisión llegaría a los cuatro años y medio.
Foto: archivo m
gse