- Puebla
La diputada Mónica Silva presenta la Ley Monzón
Puebla, Pue.- La diputada local por el Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz, presentó la iniciativa que denominó “Ley Monzón” para quitar la patria potestad de los menores a padres involucrados en el delito de feminicidio desde la vinculación a proceso.
La legisladora poblana busca con esta iniciativa se retire de forma inmediata la patria potestad, tutela, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias con los menores de edad cuando su padre incurra en un intento de feminicidio o llegue a consumar este delito.
Dicha iniciativa busca reformar el Código Civil y el Código Penal del Estado. “El objetivo es visibilizar casos como el de Cecilia Monzón, pues, aunque el Código Civil reconoce esta medida, pero hasta que existe una sentencia firme, así que la reforma busca suspender la patria potestad y custodia del menor desde que el presunto feminicida sea vinculado a proceso”, expresó la diputada poblana.
El origen de esta propuesta se presenta después del feminicidio de la abogada y activista poblana, Cecilia Monzón, quien fue asesinada el pasado 21 de mayo y el autor intelectual fue su expareja y político Javier N., quien estando en prisión intento quedarse al cuidado de su pequeño hijo.
“Todos conocemos el caso del feminicidio de Cecilia Monzón, que dejo no solo un vacío en la sociedad sino en las organizaciones civiles, en las personas defensoras en derechos humanos, feministas y mujeres que recibieron su ayuda para salir de la violencia en la que vivían”, manifestó Silva Ruiz.
La propuesta fue presentada este miércoles por la mañana en sesión de la Comisión Permanente del Congreso de Puebla, en la cual se detalla como otra causal para retirar la custodia al feminicida, que este reciba sentencia condenatoria o si este incurre en conductas de violencia familiar, o cuando, exista auto de vinculación a proceso dictado por delito de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a patria potestad.
El documento hace mención en el artículo 338 Quater que: “(…) si la víctima es una niña, adolescente, persona adulta mayor, persona con discapacidad, o se encuentra embarazada, el delito de feminicidio se sancionará con una pena de cincuenta a setenta años de prisión. Misma pena se aplicará, cuando el delito se cometa frente a cualquier víctima indirecta”.
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