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SCJN desecha queja por toma de protesta de Martha Erika

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Morena llevó el caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego que la panista rindió protesta ante el Poder Judicial y no ante el Legislativo.
Las acciones de inconstitucionalidad del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) contra la reforma a la Constitución del Estado de Puebla que permitió a Martha Erika Alonso tomar protesta como gobernadora electa ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), fueron desechadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
 
El 14 de diciembre, Martha Erika Alonso Hidalgo tomó protesta al cargo de gobernadora de Puebla ante el TSJ porque, argumentó, no había condiciones para acudir ante el Poder Legislativo.
 
Alonso pudo tomar protesta gracias a la reforma a los artículos 57 y 75 de la Constitución de Puebla, aprobada por la legislatura anterior, todavía dominada por el Partido Acción Nacional (PAN), instituto al que pertenece.
 
La SCJN resolvió las acciones de inconstitucionalidad 72/2018 y 76/2018 a cargo del ministro José Fernando Franco González, quien determinó “sobreseer” los recursos con el argumento de que si bien la reforma se realizó durante el proceso electoral, no llevó a su invalidez, por lo que no constituyó modificaciones legales fundamentales y no se vulneró el principio de certeza de la elección.
 
Adicionalmente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que la reforma impugnada no contraviene lo previsto en el artículo 105, fracción II, de la Constitución Federal debido a que “la protesta de ley que rinden los servidores públicos electos para ejercer un cargo de elección popular tiene una doble dimensión, por un lado, es una obligación que explicita el principio de supremacía formal de la Constitución Federal y, por otro, forma parte del derecho a ser votado, en su vertiente de acceso al cargo”.
 
Foto: agenciaenfoque
 
GJ

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