Según la ley Villegas, el gobernador debe ser sancionado por haber dado premios a periodistas

La llamada “ley Villegas”, que es el proyecto legislativo de Morena para intentar inhibir la crítica de los medios de comunicación en contra de la clase política, tiene tantas inconsistencia e incluso disparates, además de graves atentados contra algunos derechos constitucionales, que si se aplicara al pie de la letra, tal como se presentó la semana pasada, pues resultaría que el primero en violarla habría sido el gobierno del estado, que este lunes entregó premios a cuatro periodistas locales. La iniciativa en cuestión prohíbe dichos reconocimientos.

En la fracción XIII, del artículo 7, de la iniciativa para crear la Ley del Libre Ejercicio Periodístico, que presentó el diputado de Morena, Andrés Iván Villegas Mendoza, establece que las autoridades estatales y municipales tienen prohibido “premiar” a periodistas, trabajadores de la prensa o medios de comunicación.

Frente a esa propuesta que ha avalado el grupo legislativo de la 4T, que es mayoría en el Congreso local, llama la atención que, en este arranque de semana, el Poder Ejecutivo ya habría cometido la primera violación que sanciona dicho proyecto de ley.

Resulta que este lunes, durante su tradicional rueda de prensa, el gobernador Alejandro Armenta Mier entregó a cuatro periodistas poblanos el Premio Nacional de Locución 2024, el cual es promovido por una asociación civil.

Los galardones fueron para los periodistas Gloria Mejía de Sicom, Tania Damián del periódico Ángulo 7, Armando Álvarez de Televisión Azteca y Carlos Martín Huerta Macías de Grupo Acir.

Previo a entregar a tres de los cuatro ganadores del premio, el gobernador definió: “En Puebla respetamos la libertad periodística”.

No hay motivos para no creerle a Alejandro Armenta que tiene esa convicción. Los que no están en esa línea son los diputados de Morena, el PT y el PVEM, que están respaldando un proyecto de ley plantea sanciones del ámbito civil contra los llamados “delitos de prensa”, como una manera de provocar castigos económicos y embargos contra medios de comunicación o periodistas en lo individual.

Una actitud que contradice el ideario del fundador de la 4T, el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien nunca intentó regular la conducta de los medios de comunicación y siempre apeló a que hubiera libertad de prensa.

O que contraviene la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece que, todos los personajes públicos, deben ser tolerantes al debate público. En cambio, la iniciativa del legislador Villegas –quien es un priista converso a la 4T— sale a defender “la reputación y el honor” de la clase política.

Lo que prohíbe

El proyecto legislativo que presentó el diputado Andrés Villegas Mendoza, quien es uno de los legisladores consentidos en el Poder Ejecutivo, en el capítulo I, que establece Principio y Derechos, plantea las siguientes prohibiciones o limitaciones en la relación de la prensa y las autoridades.
Al principio se establece: “Artículo 7. Las autoridades del Estado y de los Municipios en respeto a los derechos de las personas periodistas, colaboradores periodísticos, trabajadores de prensa y medios de comunicación, deberán observar los siguientes principios:”
“V. Se prohíbe al Estado o sus Municipios a través de sus autoridades, la censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico;”
“VI. Se prohíbe al Estado o sus Municipios a través de sus autoridades, restringir la circulación libre de ideas y opiniones, la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo;”
“VII. Se prohíbe al Estado o sus Municipios a través de sus autoridades realizar condicionamientos previos a alguna persona para poder ejercer su derecho de libertad de expresión;”
“VIII. Toda persona dedicada al periodismo, trabajadores de la prensa o medios de comunicación, tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales;”
Todo lo anterior está bien, aunque ya está contenido en los artículos 6 y 7 de la Constitución General de la República, por lo que parece ocioso estarlo remarcando.
La parte cuestionable es la siguiente fracción:

“XIII. Queda prohibido al Estado y sus Municipios a través de sus autoridades presionar y castigar o premiar y privilegiar, de forma directa o indirecta, a las personas periodistas, trabajadores de la prensa y medios de comunicación en función de sus líneas informativas;…”

Sobre esta parte es importante anotar que la palabra “premiar” tiene dos acepciones que son: remunerar o galardonar. No hay otra interpretación. Y el proyecto legislativo de Morena deja en la ambigüedad este y otros muchos términos.

Por lo que resulta absurdo que, por ejemplo, un gobierno local no pueda reconocer la trayectoria de un periodista y premiarlo; o darle una remuneración, en caso de que el comunicador haya sido contratado para cumplir alguna tarea laboral.

Si esta iniciativa se volviera ley, el gobernador Armenta habría estado impedido de entregar este lunes los premios de locución a cuatro periodistas poblanos.

Y hay un dato curioso: de todos los políticos de Puebla de por lo menos los últimos 30 años, ha sido Armenta el que más reconocimientos ha otorgado a periodistas. Cuando fue senador de la República entregó muchos galardones a miembros de medios de comunicación de Puebla.

Una última observación: no se entiende por qué en el proyecto de la “ley Villegas” se usa la expresión “personas periodistas”.

¿Qué acaso hay periodistas que no son personas?

¿O son extraterrestres, al estilo del ufólogo Jaime Maussán?

 

clh