I. INTRODUCCIÓN
Actualmente tiene lugar la discusión de la iniciativa de reforma constitucional en materia político-electoral, presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 28 de abril. De aprobarse esta propuesta, constituiría uno de los cambios más grandes experimentados por nuestro sistema electoral. A continuación, se listan y sintetizan las modificaciones concretas que plantea:
- Creación del Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), que sustituiría al INE. Ese organismo centralizaría la administración de los comicios, pues desaparecerían los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).
- Desaparición de los tribunales electorales locales.
- Una sola legislación electoral para todo el país.
- Voto popular para escoger consejeros y magistrados electorales (mujeres y hombres) postulados por los tres Poderes de la Unión.
- Reducción de 11 a 7 consejeras y consejeros electorales.
- Reducción del financiamiento ordinario a partidos políticos y permanencia del financiamiento público para campañas electorales.
- Opción de voto a través de medios electrónicos o casillas.
- Reducción de legisladoras y legisladores federales, quedando 300 diputaciones federales y 96 senadurías.
- Reducción de las diputaciones locales, de 15 a 45, y de las regidurías, hasta nueve, con base en un criterio poblacional.
- Disminución del umbral de participación ciudadana para que la revocación de mandato sea vinculante (un 33 %).
II. COMPARATIVA
1.
Centrándonos en la Cámara de Diputados, se puede observar que se disminuiría en 200 el número de diputaciones, y se cambiaría a un sistema de representación pura (porcentaje de votos igual a porcentaje de curules); en consecuencia, desaparecerían las coaliciones y candidaturas comunes, como actualmente se conocen, pues sólo están previstas para la elección por mayoría relativa (art. 87 de la Ley General de Partidos Políticos) que se eliminaría de aprobarse la reforma.
En efecto, ya no existirían candidaturas comunes, porque no se elegiría en lo particular a las y los candidatos que recibieran más votos, sino a partir de un sistema de listas por partido; es decir, se votaría por partidos y no por candidatos/as: entre más votos reciba el partido, más candidaturas ganadoras tendrá de su lista.
Desde esta perspectiva, si se quisieran conservar las figuras de la candidatura común y las coaliciones, la normatividad que se elabore tendría que ser totalmente diferente de la actual, pues ésta sólo rige para la elección de mayoría relativa.
2.
La fórmula para distribuir las diputaciones que le corresponden a cada partido tiene un diseño que podría resultar confuso e incluso deficiente, pues se prevé la posibilidad de utilizar un cociente para asignar diputaciones en una segunda ronda, después de distribuir conforme a la figura del resto mayor (art. 54, fr. IV de la iniciativa).
Sin embargo, en la legislación actual tal figura se encuentra prevista para resolver las deficiencias de sobre- y subrepresentación; no obstante, toda vez que éstas también son suprimidas, la implementación del nuevo cociente ya no guarda relación lógica con la implementación de la fórmula —tampoco se prevé cómo se utilizaría—, por lo que únicamente con la figura del resto mayor sería suficiente para asignar todos los escaños disponibles.
3.
De haberse aplicado la fórmula en la conformación de la Cámara de Diputados en 20212, este sería el resultado:
Integración original 20213
En la integración original de la Cámara de Diputados en 2021, MORENA obtuvo el 39.6 % de las curules, posicionándose como el partido mayoritario, con una ventaja del 16.8 % respecto de la siguiente fuerza política (PAN), que obtuvo el 22.8 % de los 500 escaños.
Al sumarse los porcentajes del PVEM (un 8.6 %), el PT (un 7.4 %) y MORENA (un 39.6 %), se obtiene un total del 55.6 %.
Si en ese año se hubiera aplicado la fórmula propuesta en la actual iniciativa electoral presentada por el presidente de la República —en la cual se contemplan únicamente 300 escaños—, los resultados habrían sido los siguientes:
Como se advierte de lo anterior, si bien MORENA continúa siendo el partido mejor posicionado, con el 35.33 % de las curules, su fuerza política habría disminuido un 4.27 %, mientras que otras fuerzas también modificarían su porcentaje, en especial las minoritarias, tal como se advierte a continuación:
Por tanto, sumados los porcentajes del PVEM (un 5 %), PT (un 3.33 %) y MORENA (un 35.33 %), se habría obtenido un total del 43.66 %, esto es, se tendría una disminución del 11.94 % en la integración de la Cámara de Diputados y ni siquiera se alcanzaría la mayoría simple.
Lo anterior, ya que, al cambiar la naturaleza de la integración de la Cámara, pasando de un sistema mixto a un sistema de representación proporcional pura, se suprimirían las distinciones de la sobre- y la subrepresentación, cuestión que se refleja en la verdadera fuerza del voto de la ciudadanía por cada una de las opciones políticas.
Esto porque, en el sistema mixto, al armonizar la voluntad ciudadana de cada candidatura en lo individual, con la fuerza conseguida por los partidos postulantes como resultado de la obtención del voto por todas sus candidaturas en conjunto, permite que exista una sobrerrepresentación de cada fuerza —hasta de 8 puntos porcentuales—. Debido a ello, MORENA cuenta con un mayor número de curules, respecto del porcentaje de la votación obtenida.
4.
Ese fenómeno se evidencia con mayor impacto en las elecciones realizadas en 2018, en las cuales MORENA obtuvo un porcentaje mayor, tal como se evidencia a continuación:
Integración original 20184
Integración 2018 conforme a la iniciativa
Diferencia porcentual
Como se observa en este supuesto, la diferencia del porcentaje que MORENA hubiera obtenido es un 11.07 % menor, lo cual implica que habría perdido toda la fuerza mayoritaria que obtuvo en esa integración.
Conforme a lo anterior, MORENA y sus fuerzas aliadas obtendrían apenas la mayoría simple con el 50.33 % (al sumar PVEM [un 6 %], PT [un 6 %] y MORENA [un 38.33 %]), y de igual forma sería menor al porcentaje obtenido originalmente en su conjunto, del 58.4 %, (al sumar PVEM [un 3.2 %], PT [un 5.8 %] y MORENA [un49.40 %]), esto es, se tendría una disminución del 8.07 % en la integración de la Cámara de Diputados.
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El doctor en Derecho, Ricardo Monreal Ávila, nació el 19 de septiembre de 1960 en Plateros, Zacatecas, en el seno de una familia de catorce hijos.
Estudió Derecho en la Universidad Autónoma de Zacatecas y luego cursó estudios de maestría y doctorado en Derecho Constitucional y Administrativo en la Universidad Nacional Autónoma de México.
En 1975 comienza su trayectoria política militando en las filas del Partido Revolucionario Institucional (PRI), allí ocupó varios cargos: fue coordinador nacional de la Defensa Jurídica del Voto en la Secretaría de elecciones de la dirigencia nacional; presidió el Comité Directivo Estatal de Zacatecas y, posteriormente, fue secretario de Acción Política de la Confederación Nacional Campesina. En éste periodo de militancia participó en el Congreso de la Unión, fue diputado federal dos veces (1988-1991 y 1997-1998) y llegó al puesto de senador (1991-1997).
En 1998, Monreal Ávila abandona al PRI para unirse a las filas del PRD y contender, ese mismo año, a la gobernación del estado de Zacatecas.
Fue diputado federal en tres periodos: de 1988 a 1991 y de 1997 a 1998 por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), y entre 2012 y 2015 por Movimiento Ciudadano y por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
Cumplió labores como senador en dos periodos, de 1991 a 1997 y de 2006 a 2012 por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido del Trabajo (PT).
Ahora por tercera ocasión es Senador de la República y coordinador de la fracción parlamentaria de Morena.