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Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para pacientes terminales

  • Xóchitl Montero
La iniciativa, respaldada por la Sexagésima Novena Legislatura, busca garantizar la autonomía y dignidad de los pacientes, permitiéndoles decidir sobre su atención médica en las últimas etapas de su vida

En una decisión que marca un precedente en el sureste del país, el Congreso del Estado de Chiapas aprobó la Ley de Voluntad Anticipada, con la cual las personas podrán manifestar legalmente su deseo de no recibir tratamientos médicos que prolonguen artificialmente su vida en caso de una enfermedad terminal o incurable.

La iniciativa, respaldada por la Sexagésima Novena Legislatura, busca garantizar la autonomía y dignidad de los pacientes, permitiéndoles decidir sobre su atención médica en las últimas etapas de su vida. La legislación señala que esta decisión puede ser modificada o revocada por la persona en cualquier momento.

Uno de los puntos centrales de esta ley es que no debe confundirse con la eutanasia, ya que no busca acelerar la muerte, sino respetar el curso natural de esta, evitando intervenciones innecesarias que puedan causar sufrimiento. La norma también contempla el fortalecimiento de los cuidados paliativos, es decir, atención médica y acompañamiento que brindan calidad de vida y alivio al dolor, sin intentar curar la enfermedad.

¿Cómo se formaliza esta decisión?

Cualquier persona mayor de edad con capacidad jurídica podrá hacer valer su voluntad anticipada mediante un documento firmado ante notario público, acompañado por dos testigos y con la opción de designar a un representante. Este documento también podrá incluir la decisión de donar órganos.

Una vez emitido, deberá notificarse a la Secretaría de Salud de Chiapas en un plazo no mayor a tres días hábiles, para que sea registrado oficialmente.

Además, se contempla que pacientes en estado terminal puedan firmarlo directamente, si su condición lo permite, con el respaldo de un diagnóstico médico. En el caso de menores o personas con incapacidad legal, la decisión podrá ser tomada por sus padres, tutores o familiares cercanos, siguiendo un orden de prioridad establecido en la ley.

La nueva ley contempla la creación de un Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, que será administrado por la Secretaría de Salud local. Esta instancia será responsable de recibir, almacenar y dar seguimiento a los documentos emitidos, asegurando que se respeten las decisiones de los pacientes en todo momento.

 

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