• Nación

México investiga a India por presunto dumping en pisos y azulejos cerámicos

  • Diego Juárez
La Secretaría de Economía abrió un procedimiento por presunto dumping en recubrimientos cerámicos para piso y muros originarios de India.

La Secretaría de Economía inició un procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de recubrimientos cerámicos para piso y muro originarias de la República de la India, sin importar el país de procedencia.

De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la investigación abarca las importaciones registradas bajo las fracciones arancelarias 6907.21.02, 6907.22.02 y 6907.23.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), o por cualquier otra. La solicitud fue presentada por las empresas Porcelanite Lamosa, Cesantoni y Nitropiso.

El DOF detalló que el producto investigado corresponde a losetas o baldosas cerámicas, conocidas como “recubrimientos cerámicos para piso y muro”, fabricadas a partir de arcillas y minerales, esmaltadas o no, con forma cuadrada o rectangular. Su cocción les confiere rigidez y resistencia al peso e impacto. Comercialmente también se les denomina “baldosa, azulejo, loseta, piso cerámico, piso porcelánico” y otros términos equivalentes.

El periodo de investigación se fijó del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, mientras que el periodo de análisis abarcará del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024. Economía podrá imponer cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se aplicarán sobre productos declarados a consumo hasta 90 días antes de las medidas provisionales.

La dependencia concedió 23 días hábiles a productores, importadores, exportadores, personas morales extranjeras y cualquier interesado para presentar argumentos y pruebas. En el caso del gobierno de India y las empresas señaladas en la resolución, el plazo correrá cinco días después de recibir la notificación oficial; para el resto, comenzará cinco días después de la publicación en el DOF.

La resolución será comunicada a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a las partes interesadas y al gobierno de India, tanto por medios electrónicos como a través de la Embajada de India en México. Entrará en vigor el 14 de agosto de 2025.

 

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