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Nueva ley federal endurece sanciones por portación ilegal de armas

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Con 105 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó que quienes porten sin licencia armas exclusivas de las Fuerzas Armadas podrían enfrentar penas de hasta 30 años de prisión

El Senado de la República dio luz verde por unanimidad a una reforma clave: la nueva Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que endurece las penas contra quienes porten armas sin permiso, fabriquen artefactos con impresoras 3D o introduzcan explosivos de manera ilegal al país.

Hasta 30 años de cárcel por portar armas reservadas al Ejército

Con 105 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó que quienes porten sin licencia armas exclusivas de las Fuerzas Armadas podrían enfrentar penas de hasta 30 años de prisión. Además, se refuerzan las reglas para el comercio, transporte y portación de armas de fuego, y se prohíbe su envío por paquetería, una práctica que algunos grupos criminales han aprovechado en el pasado.

La senadora Ana Lilia Rivera explicó que esta legislación no tiene como objetivo castigar a quienes tienen armas registradas legalmente, sino cerrar espacios de impunidad y frenar su uso ilegal.

Tecnología 3D bajo la lupa

Una de las novedades de la ley es la inclusión de sanciones para quienes usen tecnología como impresoras 3D para fabricar armas, cargadores o sus componentes. Este delito será castigado con penas de 4 a 8 años de cárcel. Según la senadora Simey Olvera Bautista, este tipo de herramientas ya ha sido utilizada por el crimen organizado para evadir controles y construir armamento fuera de radar.

Explosivos ilegales: penas de hasta 30 años

Otro punto delicado en la nueva ley es la introducción ilegal de armas, cargadores o explosivos, actividad que ahora será castigada con penas de 5 a 30 años de prisión. Si se trata de artefactos explosivos improvisados, como los que se han utilizado en emboscadas y ataques en zonas de conflicto, las penas pueden ser incluso mayores, con incrementos de hasta dos terceras partes.

Armas deportivas y de aire: uso limitado y con permiso

La legislación también pone orden en el uso de armas deportivas. Solo podrán acceder a estos permisos clubes de tiro autorizados y sus integrantes. Asimismo, el uso de armas accionadas por gas o aire comprimido estará permitido únicamente si no superan los 140 Joules de energía cinética y se utilicen en lugares previamente establecidos.

¿Qué sigue?

El decreto ya fue enviado al Ejecutivo Federal, y solo falta su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entre en vigor. Esta reforma busca cerrar varios vacíos legales que habían sido aprovechados por la delincuencia organizada, sin criminalizar a quienes cumplen con la ley.

 

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foto cortesía 

xmh

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