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Nuevas reglas del INE restringen candidaturas con antecedentes legales
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó nuevas medidas para asegurar que las personas postuladas a cargos de elección popular cumplan con los requisitos constitucionales y legales establecidos.
Requisitos constitucionales para aspirantes
De acuerdo con el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se suspenden los derechos políticos de las personas que:
- Tengan sentencia firme por delitos intencionales contra la vida y la integridad corporal.
- Hayan cometido delitos contra la libertad y seguridad sexuales, así como el normal desarrollo psicosexual.
- Sean responsables de violencia familiar, violencia doméstica o violación a la intimidad sexual.
- Hayan incurrido en violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades.
- Sean declaradas como deudoras alimentarias morosas.
Estas disposiciones buscan garantizar que quienes ocupen cargos públicos no tengan antecedentes que contradigan los principios de legalidad y ética pública.
Mecanismo de verificación y denuncias ciudadanas
A partir del 25 de abril, el INE habilitará un micrositio en su portal oficial, dentro de la plataforma “Conóceles”, donde la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil podrán presentar denuncias contra candidaturas que incumplan con estos requisitos.
Además, todos los aspirantes deberán presentar una declaración bajo protesta de decir verdad para confirmar que no se encuentran en los supuestos mencionados. También deberán entregar un certificado de no deudor alimentario ante los Consejos Locales o Distritales o en la Oficialía de Partes del INE.
Una vez reunida la información, la Secretaría Ejecutiva del INE hará los requerimientos necesarios para elaborar un anteproyecto de resolución, el cual deberá ser votado por el Consejo General a más tardar el 15 de mayo.
Determinación final de candidaturas
Será hasta la sesión del 15 de junio, después de celebradas las elecciones, cuando el Consejo General del INE determine si los aspirantes cumplen con los requisitos de elegibilidad.
La consejera electoral Claudia Zavala puntualizó:
“De acuerdo con el artículo 38 de la Constitución, los derechos de las mexicanas y los mexicanos se suspenden cuando se está prófugo de la justicia”.
También recalcó que estas restricciones aplican a personas con sentencia firme por delitos graves como violencia de género o delitos sexuales.
Una votación dividida
La medida fue aprobada con 8 votos a favor y 3 en contra. Entre los votos en contra, destacó el de la consejera presidenta Guadalupe Taddei, quien argumentó que el mecanismo excede las atribuciones del INE y que:
“No comparto la propuesta, pues atenta contra la presunción de validez con la que el Senado de la República remitió los listados, además de que infringe el principio de mínima intervención del Estado en los actos de molestia a particulares al vulnerar el principio de presunción de inocencia”.
Con estas nuevas reglas, el INE busca blindar los procesos electorales y evitar que personas con antecedentes de violencia o incumplimiento legal puedan llegar a ocupar cargos de poder, sin comprometer el respeto a los derechos humanos y a los principios constitucionales.
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