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Exentos de la Declaración Anual 2024: ¿Quiénes no deben presentarla ante el SAT?
Martes, Abril 1, 2025 - 14:59
Aquellos que tengan otros ingresos o tributen en otros regímenes fiscales, deberán cumplir con la obligación de presentar su Declaración Anual antes del 30 de abril de 2024
Con el inicio del proceso de la Declaración Anual 2024 para personas físicas en México, los contribuyentes deben estar atentos a las disposiciones fiscales que han cambiado este año. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comenzado a recibir las declaraciones, pero la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha confirmado que, para este periodo, algunos contribuyentes estarán exentos de cumplir con este trámite.
Según lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no tendrán que presentar la Declaración Anual 2024. Esta decisión afecta principalmente a aquellos que tributan bajo este régimen y cuya principal obligación fiscal se limita al pago mensual de impuestos, el cual se considera definitivo.
El Resico está dirigido a personas físicas con ingresos anuales inferiores a 3.5 millones de pesos, que se dediquen a actividades como comercio, servicios profesionales, arrendamiento de bienes inmuebles o incluso actividades del sector primario, como la agricultura y ganadería. Para ellos, el pago mensual de impuestos es suficiente, por lo que están exentos de presentar la Declaración Anual, lo que les permite simplificar sus trámites fiscales.
Entre las principales ventajas que ofrece el Resico, se encuentran el cálculo automático de impuestos y tasas mínimas del Impuesto sobre la Renta (ISR), lo cual facilita la gestión de los pagos para los contribuyentes. Además, los contribuyentes del sector primario, como los dedicados a la pesca o actividades silvícolas, también pueden acceder a este régimen, lo que representa un alivio significativo para quienes están en estos sectores.
Sin embargo, es importante destacar que esta exención aplica únicamente para los contribuyentes que tributan exclusivamente bajo el Resico y que realizan sus pagos mensuales según lo establecido. Aquellos que tengan otros ingresos o tributen en otros regímenes fiscales, deberán cumplir con la obligación de presentar su Declaración Anual antes del 30 de abril de 2024.
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