• Nación

¿Ya hiciste tu Declaración Anual?, ¡Que no se te pase!

  • Leticia Muñoz
Multas de hasta 44 mil pesos ante el SAT si no se realiza el trámite

El Servicio de Administración Tributaria, abrió el plazo desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo para las empresas o personas morales deben llevar a cabo su Declaración Anual 2024, de los siguientes regímenes:

- General

-Simplificado de Confianza

-Opcional para Grupos de Sociedades

-De los Coordinados

- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras

 

Las personas morales sin fines de lucro deben presentar la declaración en la que determinen el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada uno de sus integrantes.

Para presentar dicha declaración las empresas o personas morales deben contar con los siguientes datos:

-RFC

-Contraseña

-e.firma activa

-Servicio de banca electrónica

 

El Código Fiscal de la Federación detalla que el contribuyente que incumpla con la presentación de la declaración anual se hará acreedor a multas. En ese sentido, el artículo 82, Fracción I, enumera que la sanción corresponde a:

 

-De mil 810 a 22 mil 400 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas

-De mil 810 a 44 mil 790 pesos, en caso de ser fuera del plazo señalado

-De 17 mil 190 pesos a 34 mil 350 pesos, por no presentar el aviso de compensaciones

-De 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos, estando obligado a ello, presentarla fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos

 

En este sentido el SAT implementa mejoras a los formularios de la Declaración Anual 2024 para empresas.

 -Nuevo campo en el Régimen General: se incluyó un campo denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD)

-Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada: se incorpora el campo “PTU no deducible”

-Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: se mantiene la opción de visualizar remanentes de pérdidas fiscales desde 2014 hasta 2023

-Régimen Simplificado de Confianza (Resico): las personas morales inscritas en el (Resico) que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”.

Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Además, dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.

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Foto archivo

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