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Profeco aclara rumores sobre alimentos en cines
Recientemente, ha circulado en redes sociales y medios de comunicación una supuesta lista de alimentos permitidos en los cines, lo que ha generado confusión entre los consumidores.
Ante esta situación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) salió al paso para aclarar que la información es completamente falsa. A través de un comunicado oficial, la institución destacó que no ha emitido ni publicado ninguna lista de alimentos permitidos para ingresar a las salas de cine.
La Profeco indicó que la información que circula carece de fundamento y no proviene de sus canales oficiales. De acuerdo con la Procuraduría, estos rumores han provocado malentendidos entre los consumidores, quienes han creído que existen restricciones o permisos específicos respecto a los alimentos que se pueden llevar a los cines.
¿Qué Dice la Ley sobre Comer en el Cine?
Según la Ley Federal de Protección al Consumidor, no existe ninguna disposición que obligue a los consumidores a comprar alimentos o bebidas exclusivamente dentro de los establecimientos, como los cines. En su artículo 58, la ley especifica que los proveedores de bienes o servicios no pueden obligar a los consumidores a adquirir productos bajo ninguna circunstancia que no esté justificada por razones de seguridad o tranquilidad del establecimiento.
Además, al comprar un boleto para ingresar al cine, los consumidores están aceptando los términos y condiciones del contrato de adhesión del cine, que puede incluir la restricción de introducir alimentos. Sin embargo, la Profeco hace énfasis en que, si un cine establece en su contrato que no se permite el ingreso de alimentos, los consumidores deben acatar esas condiciones o elegir otro cine sin esas restricciones.
¿Es Legal Reviso Mochilas en el Cine?
Uno de los puntos que ha generado mayor controversia es la revisión de mochilas y bolsas al ingresar a las salas de cine. En este caso, la Profeco aclara que no está prohibido que el personal de seguridad revise el contenido de las mochilas o bolsas de los consumidores, pero esto debe ser voluntario. Es decir, no pueden obligar al consumidor a abrir su mochila si no lo desea. Si el cine decide implementar estas revisiones, es importante que la acción esté claramente estipulada en las condiciones de ingreso al cine.
En este sentido, el Procurador Iván Escalante Ruíz reiteró que la revisión de mochilas no debe atentar contra la libertad del consumidor y que, si el cliente no está de acuerdo con las condiciones del cine, tiene la opción de no asistir a ese establecimiento y elegir otro cine que no imponga esas restricciones.
¿Por Qué la Confusión?
El origen de la confusión parece estar en la circulación de una imagen en redes sociales, donde se mencionaba una lista de alimentos que serían aceptados en los cines. Sin embargo, este tipo de publicaciones no tiene ningún respaldo oficial de la Profeco. La dependencia exhorta a los consumidores a verificar siempre la información en sus canales oficiales y no dejarse llevar por rumores que pueden generar malentendidos.
En resumen, la Profeco asegura que la normativa sobre el ingreso de alimentos en los cines sigue siendo la misma, y cada establecimiento tiene la libertad de decidir sus propios términos y condiciones. Los consumidores deben estar atentos a las reglas de cada cine y, en caso de duda, siempre consultar directamente con la cadena de cine antes de asistir.
Para más detalles sobre los derechos de los consumidores o dudas sobre otros servicios, la Profeco recomienda consultar su sitio web oficial o acudir a sus oficinas.
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Foto cortesía
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