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Ampara Corte a recién nacida que perdió la vista por negligencia médica del IMSS

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IMSS, obligado a cubrir medicamentos, terapias, tratamientos, herramientas y dispositivos que la niña requiera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) proporcionar atención médica vitalicia a una recién nacida que quedó ciega debido a una negligencia médica en el Hospital Regional 46, en Jalisco.

Además condenó al IMSS a hacerse cargo de la atención médica vitalicia que requiera la niña, que incluye medicamentos, terapias, tratamientos necesarios, herramientas y dispositivos, así como cubrir los gastos de traslado en caso de ser necesario.

La madre de la menor dijo en su demanda contra el IMSS que la omisión en la orden de un “traslado interhospitalario” le causó daños irreparables a la salud de su hija.

Agregó que el personal del IMSS no tomó las “precauciones necesarias para prevenir transmisiones de enfermedades contagiosas” y eso habría causado la enfermedad intrahospitalaria que afectó a la pequeña.

El IMSS deberá hacerse cargo de los gastos de traslado de la menor en caso de ser necesario, asegurando así que reciba la atención médica adecuada y continua.

La SCJN señaló, a través de un comunicado, que el fallo representa un avance significativo en la protección de los derechos de los menores afectados por negligencias médicas, subrayando la importancia de considerar tanto el interés superior de la niñez como la perspectiva de género en la resolución de estos casos.

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Foto: Ilustrativa

ivg

 

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