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Entierra la Corte el Plan B electoral de AMLO; invalida segunda parte
Con una mayoría de nueve votos, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron el segundo decreto de las reformas político-electorales impulsadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, conocidas como Plan B.
Como lo había adelantado el ministro Javier Laynez Potisek, sus compañeros votaron a favor de señalar que hubo violaciones graves al procedimiento legislativo cuando fueron aprobadas las reformas que modifican tres Leyes Generales y una Ley Orgánica.
De esta forma, el proceso electoral de 2024 se regirá bajo las leyes que están vigentes desde 2014.
Los votos a favor de la anulación provinieron de:
* Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
* Juan Luis González Alcántara
* Luis María Aguilar
* Jorge Pardo Rebolledo
* Arturo Zaldívar
* Margarita Ríos Farjat
* Javier Laynez
* Alberto Pérez Dayán
* Norma Piña Hernández
En tanto que sólo se pronunciaron en contra las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz.
En mayo pasado, la Corte resolvió las impugnaciones contra el Decreto de reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En esta ocasión, la Corte analizó el Decreto de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado el pasado 2 de marzo de 2023.
Se argumentó que, durante la aprobación del Decreto, el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo, las cuales son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado.
El proyecto consideró que todas las violaciones acreditadas al analizarse la primera parte de este paquete de reformas también se actualizan en este caso, por la simple razón de que ambos Decretos compartieron, en términos generales, el mismo proceso legislativo.
Por un lado, se acredita que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.
Por otro lado, también se demuestra que las Cámaras modificaron artículos del proyecto de Decreto que ya habían sido aprobados por ellas en sesiones anteriores, cuando el artículo 72, inciso E, de la Constitución Federal prohíbe tajantemente que se revisen los preceptos ya aprobados por ambas Cámaras.
El proyecto concluye que todas estas violaciones en su conjunto mermaron gravemente la posibilidad de los legisladores federales de participar de forma activa e informada en la deliberación de las normas sometidas a votación y, por ende, son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado.
Foto: archivo m
gse