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Injusticia inaudita, la exoneración de Rosario Robles: FGR
La exoneración de María del Rosario Robles Berlanga, dentro del caso de la “Estafa Maestra”, es un acto de “injusticia inaudito” que obliga a iniciar un procedimiento penal inmediato, señaló la Fiscalía General de la República (FGR).
A través de un comunicado, la dependencia expuso que se trata de uno de los casos más escandalosos de corrupción y de daño patrimonial para el país.
“Hasta este momento, la cantidad saqueada supera los 5 mil millones de pesos y existen 24 casos penales federales en donde están involucradas más de 50 personas, en averiguaciones previas y en carpetas de investigación, todas ellas de carácter penal, que han sido judicializadas en su momento”.
La FGR indicó que la afectación al patrimonio nacional ha quedado evidenciada en todos esos juicios, principalmente en el caso de Rosario Robles, a quien se le imputó el delito de ejercicio indebido de servicio público.
Destacó que Robles supo de los delitos ya señalados y existen pruebas abundantes al respecto; “y no avisó por escrito a su superior jerárquico, ni impidió, ni evitó ese saqueo, estando dentro de sus obligaciones hacerlo; lo cual generó un enorme daño patrimonial de recursos que deberían de haber ido a los sectores más necesitados del país y que fueron saqueados de una manera dolosa y abusiva”.
Todas las pruebas acumuladas en este juicio señalan, con absoluta claridad, la responsabilidad penal correspondiente; y el hecho de que el Juez Penal Roberto Omar Paredes Gorostieta, en funciones de Juez de Control, haya sobreseído en forma total y con efectos de sentencia absolutoria, a favor de Robles, “es un acto de injusticia inaudito que, por carecer de fundamento, obliga a esta Institución a iniciar un procedimiento penal inmediato”.
El sobreseimiento decretado por dicho Juez, adscrito a un Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, es una violación flagrante a todos los expedientes penales que señalan las responsabilidades correspondientes, señaló la FGR.
Y declarar que eso “no constituye delito”, es algo absurdo e inaceptable, ya que dicha afirmación no está sustentada, ni fundamentada en los hechos, ni en las leyes, ni en las pruebas, se expuso en el comunicado.
Asimismo, dicho Juez Penal, “contrariando lo que señala la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 118, que establece con toda claridad la independencia de las responsabilidades administrativas de las penales, utiliza dolosamente una legislación que no es aplicable penalmente, para violentar la ley y las constancias que existen en los expedientes penales respectivos”.
“Independientemente de que todas las objeciones señaladas se incorporarán a la apelación correspondiente, la Fiscalía General de la República no puede omitir su responsabilidad de perseguir la comisión de un presunto delito contra la administración de justicia (art. 225, fracción VI, del propio Código Penal Federal)”.
Foto: archivo m
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