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Ordena Corte liberar a 3 detenidos que exhibe el documental Duda Razonable

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Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz fueron sentenciados a 50 años de prisión acusados de intento de secuestro en un proceso irregular

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó liberar de forma inmediata a tres hombres que permanecen detenidos desde 2015 en Tabasco, acusados de intento de secuestro y sentenciados a 50 años de prisión a través de un proceso penal irregular, evidenciado en el documental “Duda Razonable”.

Durante las sesiones de 5, 6 y 8 de diciembre, la Corte analizó el amparo directo promovido por Gonzalo García Hernández, Juan Luis López García y Héctor Muñoz Muñoz, en contra de la sentencia dictada por la Tercera Sala Penal de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia de Tabasco.

En ella se les impuso una pena de cincuenta años de prisión por su presunta participación en el delito de tentativa de secuestro.

Como una primera cuestión, el Pleno determinó que el amparo era procedente y que la materia del juicio debía abarcar también las violaciones cometidas por el tribunal de primera instancia.

Al analizar el fondo del asunto, la SCJN determinó por unanimidad conceder la protección constitucional de manera lisa y llana a los quejosos, por lo que ordenó su inmediata y absoluta libertad.

Ministras y Ministros consideraron que la sentencia condenatoria resultó violatoria del derecho humano a la presunción de inocencia, ya que el tribunal de enjuiciamiento concedió ventajas indebidas a la Fiscalía, así como un peso injustificado a sus pruebas y a su teoría del caso, ignorando los argumentos de la defensa y una gran cantidad de pruebas que apuntaban hacia su inocencia.

Tales fallas en el razonamiento de la sentencia revelaron que el análisis del tribunal de instancia partió en realidad de una presunción de culpabilidad, en lugar de una de inocencia, pues la decisión se basó únicamente en las declaraciones de las supuestas víctimas, sin contar con más evidencia incriminatoria.

Así —en aplicación del principio de mayor beneficio que rige el estudio de los conceptos de violación juicio de amparo— al no haberse satisfecho el estándar de prueba de “más allá de toda duda razonable” que impone el principio de presunción de inocencia en materia penal, es que se llegó a la conclusión de que lo procedente era ordenar su inmediata y absoluta libertad.

El ministro Arturo Zaldívar, quien dirigió su última sesión como presidente de la Corte, se dijo a favor del proyecto y argumentó que la totalidad de la condena se sustentaba en las declaraciones de la presunta víctima y su hijo las cuales nunca fueron corroboradas.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó el “grave grado de impunidad que prevalece en nuestro sistema penal”, así como la sentencia contra personas inocentes. “No debemos guardar un silencio cómplice ante lo ocurrido”, sostuvo.

El documental muestra cómo, a raíz de un choque de tránsito y denuncias de dos personas, los hombres fueron detenidos y acusados por la Fiscalía de Tabasco de organizar un secuestro en Macuspana en junio de 2015.

Además, se evidencia que autoridades de Tabasco intentaron mantener en prisión a los tres hombres, armando un segundo caso por intento de secuestro, manipulando evidencia y buscando la pena mayor de 50 años de prisión, basadas en una investigación irregular y tortura contra los detenidos.

 

 

 

 

Foto: Netflix

 

gse

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