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Estaciones migratorias en Tlaxcala y Puebla, registran graves violaciones a los DDHH

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Actualmente hay 35 estaciones migratorias, ubicadas en 24 entidades federativas, lo cual se traduce en una capacidad total de albergar a 3 mil 647 personas simultáneamente
Entre enero y agosto del 2021 Puebla y Tlaxcala fueron de las entidades con más detenciones de migrantes, sumando entre las dos entidades 10 mil 400 casos, especialmente mujeres, niños y adolescentes en movilidad internacional, incluso mujeres embarazadas, informó en entrevista Elena Ayala Galí una de las autoras del informe “Vidas en contención: privación de la libertad y violaciones a derechos humanos en estaciones migratorias”, realizado por la Universidad Iberoamericana. 
 
El informe revela que hay mujeres y niños hacinados, cuando el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular indica que deben estar resguardadas por las instituciones gubernamentales.
 
Las estaciones migratorias de Puebla y Tlaxcala registran violaciones a los derechos humanos, pues los supuestos “rescates” de personas que ingresan al país de manera irregular ocurren de manera violenta y con muy poca o nula orientación jurídica. 
 
Para dicho informe se realizaron 6 visitas de monitoreo realizadas entre el 11 de agosto y el 15 de septiembre de 2021 a las instalaciones del Instituto Nacional de Migración (INM) en Puebla y Tlaxcala, en donde de manera presencial y sin equipo electrónico se pudo entrevistar a 45 personas con alta vulnerabilidad, principalmente originarias de países de Centroamérica.
 
Se eligieron Puebla y Tlaxcala debido a que las cifras oficiales del INM arrojaron que entre enero y agosto de 2021 se sumaron 148 mil 900 eventos de “extranjeros presentados ante la autoridad migratoria” en todo el país, de los cuales, 3 mil 500 sucedieron en Puebla y 6 mil 900 en Tlaxcala.
 
Y si sólo se toman en cuenta los menores de edad, en todo el 2021 fueron detenidas 27 mil 861 personas menores de 18 años y de dicha cifra mil 79 fueron supuestamente “rescatados” en Puebla y mil 39 en Tlaxcala.
 
Las personas detenidas en estas entidades fueron recluidas en contra de su voluntad y hacinadas en espacios precarios, insalubres o de alto riesgo de contagio al coronavirus.
 
Entre los casos más preocupantes se encontró el de una niña centroamericana de 12 años de edad, pues estuvo 2 meses detenida sin ningún familiar presente en la estación migratoria del INM en Puebla, y estuvo rodeada de otras personas adultas privadas de su libertad.
 
La investigación arrojó que “Llevaba casi una semana sin poder bañarse, pues el estacionamiento no cuenta con regaderas y nada más hay un sanitario al que se puede pedir acceso durante el día, pero no en la noche, que es claramente insuficiente para el número de personas ahí detenidas y que las autoridades administran de mala gana. La niña tenía ojeras, probablemente debido a que el lugar estaba iluminado las 24 horas, prácticamente en ropa interior y sin poder comunicarse con familiares, pues su padre fue acusado de abusar de ella mientras viajaban por México”.
 
El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular pacto dice que la detención de migrantes debe ser el último paso de las autoridades migratorias, por lo que se da a entender que los agentes migratorios no cumplen con acciones mínimas relacionadas con el debido proceso migratorio y el debido respeto a los derechos humanos.
 
Un 60 por ciento de las personas entrevistadas reportaron que, en la detención, los agentes del INM no mostraron su identificación oficial con fotografía ni un documento que autorizara el operativo con relación al artículo 42 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública al establecer que todo servidor público tiene la obligación de identificarse.
 
Los testimonios de las y los detenidos aseguran que las personas más afectadas con estos malos tratos son niñas, niños y mujeres. 
 
Dos mujeres trataron de suicidarse mientras estaban detenidas en Puebla. Una de origen cubano y otra guatemalteco, según la información que se tiene.
 
Cuando son detenidas, las mujeres no reciben un kit de limpieza suficiente que abarque su menstruación y si lo obtienen, este es de mala calidad o les cobran por ciertos artículos.
 
El informe dicta también que en estos lugares dejan a las niñas, niños y adolescentes varias horas sin comer, sin acceso a agua y mucho menos leche, fórmula o pañales para bebés con menos de seis meses de nacimiento, lo que va en contra del artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
 
Si hay una detención de mujeres que van con su familia o menores de edad solos, no deben de ir a estas estaciones, sino que el Sistema DIF, en ambas entidades, debe proporcionar asistencia social y garantizar su protección, independientemente de su nacionalidad y situación migratoria. Esto está asentado en el artículo 29 de la Ley de Migración.
 
El documento sugiere rendir informes especiales sobre la situación de la migración, en tanto persisten las violaciones a derechos humanos de los migrantes y celebrar convenios con instituciones públicas o privadas con el fin de divulgar, promocionar, prevenir y capacitar en materia de derechos humanos de personas migrantes.
 
El informe se entregó en enero, pero se retomó en noviembre de este año por las jornadas de migración y género que se llevaron a cabo en la Universidad Iberoamericana.
 
Actualmente hay 35 estaciones migratorias, ubicadas en 24 entidades federativas, lo cual se traduce en una capacidad total de albergar a 3 mil 647 personas simultáneamente, según información del INM. 
 
Sin embargo, no se especifica si hay hacinamiento y cuántas están de estas se encuentran rebasadas.
 

En el acuerdo por el que se emiten las Normas para el funcionamiento de las Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales del Instituto Nacional de Migración se puede leer que todos los migrantes deben de tener derecho a lo siguiente: aseo de cama y dormitorio, aseo personal, desayuno-comida-cena, recibir visitas, realizar llamadas, realizar actividades deportivas, recreativas y culturales, así como acceso a un dormitorio digno.

En suma, deben de respetar y proteger los derechos humanos de los migrantes, garantizar la seguridad y la convivencia armónica, así como una estancia temporal a las personas extranjeras en tanto se resuelve su situación migratoria. No obstante, el informe de la Universidad Iberoamericana exhibe que esto no se ha cumplido.

De acuerdo con el gobierno de México ser una persona migrante no documentada no es un delito y no está permitido que los lleven a la cárcel.

El Comité de Derechos de los Trabajadores Migratorios de la ONU señala que la migración irregular sólo puede ser una falta administrativa y, por lo tanto, no se puede imponer una sanción penal a quienes ingresen al país sin documentos oficiales que avalen su estancia.

Únicamente las autoridades migratorias de cada país pueden investigar si el migrante tiene algún permiso o documento, y en su caso detenerlo, pero deben en todo momento seguir los procedimientos legales y respetar sus derechos humanos.

Si una persona fue detenida por ser migrante no documentada/o, tiene derecho a recibir apoyo del consulado o embajada, solicitar un abogado y mantener contacto constante con él o ella, recibir asistencia gratuita de un intérprete o traductor si no habla el idioma del país donde fue detenido.

De igual modo, puede solicitar y recibir información sobre sus derechos y obligaciones, conocer las instancias ante las que puede presentar alguna denuncia o queja y exigir una indemnización en caso de haber sufrido una detención arbitraria.

Foto: Especial
LSM

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