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AT&T deberá pagar 154 mdp al SAT
Cuando los contribuyentes meten algún recurso contra el crédito fiscal que se les ha impuesto, éste no podrá ser cobrado por parte del SAT hasta no haber una resolución, la cual podría tardar mucho tiempo, incluso años.
"A pesar de que el origen se encuentra en la prestación de servicios de telecomunicaciones, las operaciones que causan ambos impuestos se realizan en momentos distintos, lo cual se desestimó como infundado”.
Pleno del TFJA.
AT&T se suma a la lista de los grandes contribuyentes que deberán pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) créditos fiscales de años pasados, de acuerdo con la resolución unánime del pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
La empresa trasnacional demandó a la administración de Grandes Contribuyentes del fisco al no reconocer el crédito fiscal que dicha administración impuso a la compañía, el cual fue por 154 millones de pesos por concepto de IEPS e IVA.
La magistrada Luz María Anaya Domínguez explicó que dicho crédito fiscal se remonta a hace 11 años, es decir, al 2011.
“Se determinó un crédito fiscal en cantidad total de 154 millones 272,913 pesos a la hoy actora por concepto de IEPS e IVA, actualizaciones, multas y recargos correspondientes al ejercicio fiscal del 2011”, detalló al pleno.
De acuerdo con la ponencia, AT&T no desvirtuó que la cantidad arrojada en su facturación correspondiera a conceptos diversos a servicios de comunicaciones, además de confundir lo que debía entenderse como “base gravable” con el momento de “causación” de los impuestos.
"A pesar de que el origen se encuentra en la prestación de servicios de telecomunicaciones, las operaciones que causan ambos impuestos se realizan en momentos distintos, lo cual se desestimó como infundado. Se consideró así ya que el momento de causación tanto del IVA como del IEPS es cuando se cobran efectivamente las contraprestaciones”.
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