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PRD propone hasta 7 años de cárcel para castigar la violencia vicaria

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La relatora especial de la ONU sobre la Violencia Contra la Mujer, Reem Alsalem, ha advertido que la violencia vicaria se ha convertido en un problema global
En la Cámara de Diputados se impulsa una iniciativa para castigar la violencia vicaria con hasta seis años de prisión con el objetivo de aplicar la justicia en los casos de violencia contra mujeres.
 
La diputada Elizabeth Pérez Valdez y el diputado Héctor Chávez Ruiz, ambos del PRD, presentaron la propuesta para adicionar diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
 
Estableces que comete el delito de violencia vicaria quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, con la intención de romper el vínculo materno o paterno filial contra la hija(s) o hijo(s) de la persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, concubinato, o una relación de pareja y propone adicionar un artículo 9 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la interposición de procedimientos judiciales fraudulentos o conductas procesales dilatorias, con la intención de impedir la convivencia o guarda y custodia con las y los menores o incapaces.
 
La iniciativa pretende adicionar el Capítulo Noveno al Título Decimonoveno denominado “Delitos contra la vida y la integridad corporal” y agregar un artículo al Código Penal Federal para aplicar la sanción de 8 meses a 7 años de prisión contra quien resulte responsable de cometer este delito.
 
Se plantea también que el agresor perdería el derecho a la patria potestad y se le sujetará a tratamiento psicológico.
 
La propuesta fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género y señala que la tipificación de la violencia vicaria busca proteger dos aspectos: a la víctima primigenia o directa (pareja, esposa, madre, novia) y a la víctima secundaria, la cual en su mayoría suelen ser los menores (hijas e hijos).
 
Destaca que es necesario entender las particularidades de este tipo de violencia, la cual suele confundirse como violencia familiar; sin embargo, se diferencia de la anterior, toda vez que el resultado que se persigue no es la agresión hacia la o las víctimas indirectas.
 
Menciona que la violencia vicaria tiene características muy particulares, pues la intención de la persona violentadora es vulnerar a su víctima, pero ésta no se ejecuta de una forma directa, es decir hablamos de una violencia indirecta, lo cual se ocasiona porque el violentador deja de tener el control o al alcance a la víctima primigenia.
 
La relatora especial de la ONU sobre la Violencia Contra la Mujer, Reem Alsalem, ha advertido que la violencia vicaria se ha convertido en un problema global.
 
Detalló que “En México como en el mundo existe una necesidad innegable de replantearnos la implementación del sistema jurídico; comprender que las normas deben avanzar y transformarse a las necesidades de la ciudadanía, analizar su composición, vigencia e implementación, buscando desalentar el delito y proteger a la víctima”.
 
Foto: Foro Jurídico
LSM

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