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Hasta 7 años de cárcel a quienes realicen bloqueos en casetas y carreteras

[Podría haber multas hasta de 48 mil pesos
Este martes 22 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto para penar hasta con 7 años de cárcel a personas que realicen bloqueos en casetas o carreteras del país para cobrar o pedir “ayuda económica”.
 
Dicho decreto se reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para sancionar con multas y cárcel “a quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación o medios de transporte”. También a quienes interrumpan la construcción de dichas vías o aquellos quienes interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje para obtener un lucro.
 
A través de este decreto también se penalizará a quienes realicen bloqueos, interrumpan o deterioren, total o parcialmente, los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.
 
El decreto establece que las personas que realicen estas actividades como bloqueos en casetas o carreteras generales, podrán hacerse acreedores a sanciones de 3 meses a 7 años de cárcel.
 
Se impondrán multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2022 es equivalente a 96.22 pesos y que elevaría la multa de 9 mil 622 pesos a 48 mil 110 pesos en caso de llegar a la sanción más elevada.
 
El decreto fue publicado este 22 de febrero en el Diario Oficial de la Federación e indica que la disposición entrará en vigor tras su publicación por lo que estará vigente a partir de este martes.
 
Foto: Archivo-e
LSM

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