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INAI ordena al SAT hacer públicas las solicitudes de información

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Dicha decisión fue tomada por unanimidad en el Pleno del Instituto

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales  informó mediante un comunicado su decisión respecto a un recurso de revisión planteado en contra de la contestación que dio el Servicio de Administración Tributaria a un ciudadano que solicitó la información relativa a las solicitudes de intercambio de información fiscal con otros países.

Esta decisión fue tomada por unanimidad en el Pleno del Instituto y le ordena al SAT que haga público el número de acuerdos de intercambio de información que haya celebrado México con otros países y se encuentren vigentes.

También deberá dar a conocer a través de la Administración General de Grandes Contribuyentes el número de solicitudes de intercambio de información realizadas o recibidas en los últimos diez años, detallado por año y país.

En la sesión virtual ordinaria del Pleno del Instituto, el comisionado Francisco Javier Acuña describió que el origen del recurso de revisión fue la negativa del SAT a entregar la información bajo el argumento de que no tiene la obligación de realizar documentación ad hoc.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley del SAT, ese órgano desconcentrado está facultado para solicitar y proporcionar a autoridades extranjeras la información y documentación recabada de los contribuyentes, siempre y cuando sean autoridades de países con las que México tenga firmados acuerdos o sean parte de convenciones internacionales.

Fotografía: fundar

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