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Los ministros de la Suprema Corte determinaron sobre la objeción de conciencia

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Los médicos no restringen el derecho a la salud

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el derecho de profesionales de la salud a la objeción de conciencia para no participar, entre otros procedimientos, en abortos.

Los ministros de la Suprema Corte determinaron que la objeción de conciencia no restringe el derecho a la salud.

Cabe destacar que tal figura permite a profesionales de la salud negarse a practicar o participar en procedimientos médicos, a excepción de cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.

El ministro Luis María Aguilar apuntó que la objeción de conciencia aplica de manera individual con base en la libertad religiosa e ideológica.

“La objeción de conciencia no constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes”, indicó el autor del proyecto, el magistrado Luis María Aguilar.

El fallo ocurre una semana después de que la Suprema Corte declaró por primera vez inconstitucional la penalización del aborto, que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

La SCJN abordó la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma a la Ley General de Salud de 2018 que permite la objeción de conciencia en los médicos.

La reforma no legaliza la discriminación ni avala negar un aborto o tratamiento, pero crea un ambiente que perjudica a mujeres, la comunidad LGBT+ y otras minorías, como argumentó el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, quien votó en contra de la constitucionalidad de la objeción de conciencia.

A pesar de la resolución, los ministros del pleno no coincidieron en declarar la validez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, impugnado por la CNDH.

La polémica reforma de 2018 permite a médicos y personal sanitario ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley de salud.

Fotografía: selecciones

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