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Ejecutivo puede vetar si opositores ganan el Congreso: AMLO
El presidente de México Andrés Manuel López Obrador señaló este lunes 12 de abril que, si los opositores al Gobierno ganaran mayoría en el Congreso de la Unión, y quisieran deshacer algunas reformas hechas en su administración, no sería tan fácil, y advirtió que incluso tiene la facultad de veto.
“Nos importa mucho que las elecciones sean libres y limpias. Y no hay ningún problema si nuestros opositores ganan, ningún problema habría si el pueblo así lo decide, que si ganan nuestros opositores y tienen mayoría en el Congreso nos van a quitar el presupuesto. No está tan fácil, no es así. Que van a quitar los programas sociales, porque es populismo, paternalismo. No está tan fácil. Nada más les recuerdo que el Ejecuivo tiene facultad de veto”, apuntó.
López Obrador contó que, cuando fue jefe de Gobierno del entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México), la Cámara baja local quería que los apoyos para personas adultas mayores fueran solamente para los pobres.
“Dije no, esto es universal, esto es distinto, porque no solo se le está dando el apoyo al adulto mayor por la pobreza, es un apoyo que al mismo tiempo es un reconocimiento a su aportación al desarrollo del país (...) Como tenían mayoría en la Cámara, me impusieron que nada más fuese a un grupo, y no universal, veté el presupuesto”, comentó.
Añadió que no se quedaría de brazos cruzados si intentaran una acción similar sus opositores. “Y es legal, eh, no es nada fuera de la ley”, puntualizó.
El titular del Eejecutivo federal agregó que, desde su Gobierno, no se intentaría hacer un fraude electoral para tener mayoría en las cámaras del Congreso y que debe respetarse la decisión de la gente.
En México, existen el veto total y parcial. El primero es aquel donde el presidente de la República rechaza expresamente firmar la totalidad de una propuesta de ley y la devuelve al Congreso con una explicación detallada de las razones. El segundo permite al presidente modificar una ley eliminando parte de esta o cancelando disposiciones individuales.
La Constitución política prevé el veto total y/o parcial en el Artículo 71, inciso c), donde se especifica que: “el proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones a la cámara de origen”.
Con información de El Financiero
Fotografía: archivom
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