- Huauchinango
Acusa notario abuso de Profepa por impedir tala de árboles en Huauchinango
Huauchinango, Pue.- El Notario Público número 4 de Huauchinngo, Carlos Ferrao Rojas, consideró que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) cometió abuso de autoridad al frenar la tala de 17 árboles en un lote de su propiedad y dijo contar con los permisos municipales necesarios para realizar el corte y el traslado de los mismos.
Tras admitir que el terreno donde se aserraron los árboles, ubicado a orillas del Bulevar Bicentenario es suyo desde el año 2015, el fedatario público rechazó que haya violado la ley, pese a encontrarse en el Área de Protección de Recursos Naturales Cuenca Hidrográfica del Río Necaxa, pues el artículo 115 Constitucional y la Circular 71 de la Semarnat facultan a los municipios a expedir las licencias para el derribo de los mismos, cuando estén dentro de su jurisdicción.
Tanto los permisos expedidos por la Dirección de Ecología municipal, que aprobaban el corte y traslado de 17 árboles, unos 76 metros cúbicos de madera, como el dictamen de uso de suelo habitacional y el permiso de construcción, aseguró, fueron mostrados a la inspectora de la Profepa que realizó la diligencia en días pasados, quien, no obstante, decidió suspender el corte.
Ferrao Rojas indicó que por esta situación considera que la actuación de la funcionaria fue “un abuso en mi persona”, mucho más cuando días después se entrevistó con el inspector de la Profepa, Juan Manuel Flores Triste y éste le indicó que no se iniciaría ningún procedimiento en su contra y que tenía derecho a presentar una queja contra la servidora pública que inmovilizó los árboles talados.
Además, según el Notario, se informará de la situación a la delegada de la Semarnat en Puebla, Daniela Migoya Mastretta y se comprometió a reforestar el lugar que le indique el ayuntamiento, con 170 árboles de la variedad pino pátula de entre 5 y 7 metros de altura.
De acuerdo con la versión de Ferrao Rojas las licencias expedidas por el municipio para el corte y traslado de los árboles no contravienen la veda forestal existente en la región desde 1938, porque tanto el artículo 115 de la Constitución, como la Circular 71 de la Semarnat, están por encima de ese decreto.
“Además de que la Ley de la SAGARPA (sic) establece que los terrenos forestales no deben estar en los límites del municipio y deben medir 1 mil 500 metros cuadrados o más”.