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En 2014, Ifetel confiscó bienes a 10 estaciones de radio poblanas
Un total de 10 estaciones de radio que operaban sin permiso en diferentes comunidades de Puebla como la Sierra Norte, Sierra Mixteca y en la región de Cholula, fueron sancionadas a lo largo del año por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).
Dentro de las sanciones, los bienes que pertenecían a las estaciones como computadoras, micrófonos, consolas y diferentes elementos para transmitir, fueron declarados propiedad de la Nación.
El pasado miércoles, el pleno del Ifetel resolvió imponer sancionar a 15 estaciones de radio que operaban sin contar con concesión o permiso, en localidades de los estados de Puebla, Veracruz y Tabasco.
De las 15 estaciones, dos operaban sin autorizaciones en las comunidades poblanas de Santa María Zacatepec del municipio de Juan C. Bonilla y otra en San Bernardino Tlaxcalancingo, junta auxiliar de San Andrés Cholula. Las estaciones usaban los nombres de La Voz del Pueblo de Zacatepec y Axocotzin Radio, respectivamente, y sus propiedades fueron declaradas bienes del país.
Las dos estaciones sancionadas se suman a las ocho que en abril pasado recibieron multas, entre ellas, 101.1 MHz en Chignahuapan; 102.3 MHz en Huehuetlán; 102.3 MHz en Zacatlán; y 99.1 MHz en Zacatlán:
Aseguramientos preventivos
La lista de estaciones sancionadas en este año la completan: 97.9 MHz en Zacatlán; 88.7 MHz en Acatlán; 94.7 MHz en Tehuitzingo; y 88.5 MHz en San Gabriel Chilac.
El órgano regulador señala que realizó visitas de aseguramiento preventivo en los domicilios en los que operaban dichas estaciones, a fin de evitar que continuaran transmitiendo.
Los representantes de Ifetel invitaron a los dueños y contratantes de las estaciones de radio sin permiso a abstenerse a comercializar con dichas frecuencias, acción que se traduce en un delito federal.
Actualmente, el Ifetel cuenta con la Disposición Técnica IFT-002-2014 que presenta las especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada.
De acuerdo con el documento, la disposición es de carácter técnico y obligatoria para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en la banda de 88 a 108 MegaHertz, con portadora principal modulada en frecuencia, concesionadas y permisionadas en territorio mexicano.
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