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Es inaplicable la destitución de Edmundo Jacobo, sentencia TEPJF

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Magistrados señalan que el Congreso de la Unión no tiene facultades para intervenir en nombramientos internos del INE

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles que el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo, debe mantenerse en su cargo, al considerar “inaplicable” el artículo transitorio del Plan B de Reforma Electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Cabe señalar que el funcionario electoral fue cesado al entrar en vigor la reforma, sin embargo fue reinstalado el pasado 13 de marzo gracias a que un juzgado de distrito en materia administrativa otorgó le concedió la suspensión definitiva en el juicio de amparo que promovió, junto con la impugnación ante el TEPJF.

Este miércoles, con un voto de calidad del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, se ordenó la restitución de Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral.

Cabe señalar que durante la discusión del asunto hubo un empate en la votación, ya que dos magistrados avalaron la propuesta de la magistrada Janine Otalora que planteó restituir a Jacobo en su cargo, y tres más votaron en contra, por lo que el presidente hizo uso de su voto de calidad.

Los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante y Mónica Soto votaron en contra.

La magistrada Otalora Malasis señaló que el Congreso de la Unión no tiene facultades para intervenir en nombramientos internos del INE y votó a favor de su propuesta, a lo que se sumaron Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata.

 

 

Foto: archivo m

 

gse

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