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SCJN avala que menores de 12 a 17 años puedan abortar en caso de violación

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Sin necesidad de una orden judicial o de la autorización de sus padres

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, por mayoría, la Norma Oficial Mexicana (NOM) que permite a las mujeres menores de edad, de 12 a 17 años, la interrupción del embarazo en casos de violación, sin necesidad de una orden judicial o de la autorización de sus padres.

En la sesión de este martes se resolvieron las controversias constitucionales promovidas por los estados de Aguascalientes y Baja California en contra de la NOM, con el argumento de que invadía las facultades de sus congresos para legislar en la materia.

En los proyectos, elaborados por el ministro Luis María Aguilar, se reconoció que, en los casos de violación, la interrupción del embarazo se hace indispensable, ante la falta de denuncias por parte de las víctimas que enfrentan una situación traumática.

"La víctima no suele denunciar por el estigma que conlleva, aunado a la naturaleza traumática, por lo que la interrupción del embarazo en casos de violación es una medida que tiende a acatar las obligaciones Constituciones y convencionales para casos violencia contra las mujeres, donde el principio de buena fe es indispensable para evitar la revictimización de las personas", argumentó el ministro Aguilar.

Foto: Archivoe

cdch

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