- San Pedro Cholula
Presentan queja ante INE por espectaculares de José Juan Espinosa
San Pedro Cholula, Pue.- El presidente municipal de San Pedro Cholula, José Juan Espinosa Torres, fue notificado por la Junta Distrital X del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la queja del ciudadano Daniel Blanca en su contra así como del partido Movimiento Ciudadano, por la promoción del Primer Informe en un área geográfica ajena a la que gobierna y al mismo tiempo se le hizo saber que esta instancia no encontró materia para emitir medidas cautelares.
En entrevista telefónica, el consejero presidente, Inocente Arratia, explicó que la queja solicitaba el retiro de los espectaculares que lesionaban la norma, sin embargo cuando se hizo la investigación ya no existían las señaladas estructuras promocionales, de modo que la medidas del organismo no tuvieron ningún perjuicio contra los señalados.
Pero el procedimiento no concluye ahí, aún queda la instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ante el que podría recurrir el ciudadano para solicitar la sanción.
Arratia explicó: “lo que hicimos nosotros fue determinar que todavía existía propaganda fuera de los límites de San Pedro Cholula, verificamos a través de 2 distritos, el distrito 11 y el distrito 13, de las juntas distritales ejecutivas del INE que se encuentran en la ciudad de Puebla y en Atlixco, al verificar y cercioramos que ya no existía la propaganda, quedan sin materia las medidas cautelares”.
El presidente Espinosa Torres confirmó que el secretario del Consejo, Idar Mariel Sánchez González, le notificó por la mañana el proceso, así como la definición en primera instancia.
“Ésta es una de muchas otras acciones que se están orquestando desde algunos grupos políticos los cuales también están en todo su derecho”, dijo el edil y añadió que resulta natural la reacción debido a que se tocan intereses de quienes pretenden monopolizar las aspiraciones políticas.
Insistió en que no violó las disposiciones legales para la promoción de su informe toda vez que se hizo en tiempo y forma así como dentro del territorio poblano.
El artículo que deberá determinar el TEPJF si se violó es el 134 Constitucional que habla sobre la imparcialidad en el uso de recursos públicos o si hay una promoción de imagen personalizada, explicó el funcionario electoral.
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