• Tehuacán

Revoca TEEP candidatura de Andrés Artemio Caballero a la alcaldía de Tehuacán

  • Yomara Pacheco
El alcalde suplente en funciones puede recurrir a apelar esta resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tehuacán, Pue.-El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revocó la candidatura de Andrés Artemio Caballero López para contender a la presidencia municipal de Tehuacán por Fuerza por México (FXM), esto al resolver el recurso de impugnación presentado por la aspirante de Redes Sociales Progresistas (RSP) al mismo cargo, Yolanda Sotelo García el pasado 11 de mayo. 

En la resolución emitida por el Tribunal en el expediente TEEP-JDC-099/2021se señala que se revoca el acuerdo mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) validó la candidatura de Caballero López por ser ilegible. 

A 11 días de que se lleve a cabo el proceso electoral esta instancia electoral aprobó la apelación interpuesta por la candidata de Redes Sociales Progresistas, en donde se señala que se violan los principios de legalidad y constitucionalidad, así como establecido en la fracción II del artículo 102 de la Constitución Local, ya que el actual presidente municipal suplente debió ser postulado por la Coalición Juntos Haremos Historia, integrada por los partidos políticos, del Trabajo Morena y Encuentro Social, porque es una exigencia constitucional para reelegirse en un cargo público de forma inmediata. 

Los argumentos que emite el TEEP sobre su fallo, es que la aprobación del registro por parte del IEE de Andrés Artemio Caballero López como candidato del partido Fuerza por México, es contraria a la normativa vigente, puesto que de autos no se advierten constancias de que el ciudadano en cuestión hubiese renunciado a su militancia en el Partido Encuentro Solidario, quien fue quien lo postulo en la elección pasada. 

Asimismo, se cita que de acuerdo al tercer párrafo del artículo 58 del Código Local, establece que: “El partido político nacional o local que participe por primera ocasión en una elección local no podrá formar frentes, coaliciones o fusiones, ni postular candidaturas en común”. De ahí que únicamente hubiera prosperado su registro de haber sido postulado por el Partido Encuentro Solidario, sin embargo, perdió su registro. 

Aunado a ello, se indica que, en el proceso inmediato anterior, el partido Fuerza por México no participó en la Coalición que postuló al candidato Andrés Artemio Caballero López, pues esta es la primera vez que participa en una elección local; y por lo tanto, es evidente que no podía ser registrarlo como candidato propio sin que mediara un convenio de coalición con los partidos del Trabajo o Morena. 

Se puntualiza que la postulación del candidato de Fuerza por México no es una reelección porque no fue postulado por alguno de los partidos políticos que formó parte de la coalición “Juntos Haremos Historia, sin embargo, tampoco procedería su registro como abanderado del FXM porque no han antecedentes de que renunciara a su militancia en el Partido Encuentro Solidario, quien fue quien lo postulo en la elección pasada. 

Ante esta determinación el actual alcalde suplente de Tehuacán puede recurrir a interponer un recurso de apelación al fallo, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sin embargo, se desconoce si recurra a esta defensa legal de su candidatura. 

 

Foto: Yomara Pacheco 

cdch

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