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Este es el ABC de la declaración anual ante el SAT para personas físicas

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A partir de este lunes 3 de abril debe cumplirse con esta obligación fiscal; estos son los requisitos

A partir de este lunes 3 de abril corresponde presenta la declaración anual para personas físicas, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya notificó los requisitos para cumplir con esta obligación.

Aquí te enlistamos quiénes deben cumplir con este trámite y qué necesitan.

Declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

Sueldos y Salarios

De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.

Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.

Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.

Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.

Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.

Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

Actividades empresariales, incluyendo:

Plataformas tecnológicas.

Región fronteriza.

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

Régimen Simplificado de Confianza, por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que hayan realizado.

Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

Reciben intereses o dividendos.

Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.

Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

 

Personas no obligadas

Las que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio.

Las que obtuvieron ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.

Las que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual, el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.

No obstante, si así lo desean, pueden presentar la Declaración Anual del ejercicio 2022 durante 2023.

 

Requisitos para la Declaración Anual

RFC 13 dígitos con homoclave

Contraseña

e.firma (firma electrónica) - Solo si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y cambias tu cuenta CLABE

Datos bancarios - Nombre del banco y CLABE vigente, solo si tienes saldo a favor

 

Devoluciones automáticas

Para recibir tu devolución automática presenta tu Declaración Anual 2022 a más tardar el 31 de julio con:

Contraseña

Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.

Si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

e.firma

Si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

 

Consultas y dudas

MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas, excepto días inhábiles:

Desde cualquier parte del país 55 6272 2728 y para el exterior del país (+52) 55 6272 2728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx.

Oficina Virtual: Agenda tu cita.

Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país.

 

 

 

 

Foto: archivo m

 

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