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Ley Monzón: Nunca más un feminicida con patria potestad de los menores a cuya madre mató

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Suspende la patria potestad ante el proceso de investigación de feminicidio y establece la pérdida ante la condena

Por increíble que parezca, la patria potestad no se pierde ni aunque el padre de los menores haya asesinado o intentado asesinar a la madre de sus hijos. Puebla cambió esa irregularidad del derecho mexicano gracias a la lucha y perseverancia de legisladoras feministas como la firmante de la iniciativa, Mónica Silva, del PT; gracias a la resiliencia de Helena Monzón, a la lucha de las mujeres que piden justicia y las organizaciones que acompañan vigilantes.

Cecilia Monzón además de ser una férrea abogada que nunca se dejó doblegar por el poder judicial ni por presiones patriarcales, fue una madre que criaba desde la autonomía, la discreción, el amor y el ejemplo de coraje.

Sin embargo, al momento de su muerte por feminicidio, el régimen del derecho civil en Puebla, que es el mismo al de las otras 31 entidades, otorgaba al padre del menor la guarda y custodia junto con la intacta patria potestad de su pequeño ante la falta de su madre. Eso aún cuando fue el que ordenó el atentado, el ausente emocional,  el que abandonó económica y físicamente a su propio hijo durante sus 4 años de vida, aún cuando fue agresor desde y principalmente, el autor intelectual del crimen contra su madre.

Decía el Código Civil que ante la ausencia de madre, es el padre quien debe cuidar y en todo caso, los ascendentes, o sea, abuelas y abuelos. La Ley Monzón suspende la patria potestad ante el proceso de investigación de feminicidio y establece la pérdida ante la condena.

Los huecos del procedimiento permiten la violencia institucional y las trampas con las que agresores y sus abogados hostigan a las familias de sus víctimas. Por ejemplo, el agresor de Cecilia Monzón ha incursionado en las filas del cinismo solicitando, inclusive, convivencias y visitas con el pequeño cuando estando ella en vida, nunca fue a ver a su hijo.

Puebla marca un precedente en el país y es el ejemplo sobre lo que todas las entidades deben legislar. El interés superior del menor como un principio que se sobrepone sobre la presunción de inocencia de los acusados es apenas el primer paso para sentar bases que puedan combatir la impunidad.

Por cierto...

Algunos legisladores poblanos muy conservadores se oponían a que la ley llevara el nombre Ley Monzón. Decían que estaban dispuestos a realizar las reformas al código civil y penal pero que no accederían a nombrarle por la víctima que inspiró tales reformas. Nombrar a las víctimas que no lograron obtener justicia es un acto de memoria, una deuda que el Estado guarda y que en su naturaleza de irreparable, apenas alcanza a equilibrar la balanza nombrándolas con su historia. Las reformas en nombre del feminismo que se han construido desde las víctimas tienen algo que todo plan y revolución de la historia guarda: un punto de inflexión, una revolución de las oprimidas, una tragedia que se convierte en un “nunca más”. Nunca más una  madre asesinada y nunca más un menor en manos del feminicida de su madre. Nunca más el desvelo del litigio con reglas del juego amañadas, nunca más infancias heridas por la violencia machista.

Columna de Frida Gómez en SDP Noticias

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