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Urge garantizar protección a activistas y periodistas en Tlaxcala:CEDH

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Lorena Cuéllar Cisneros, gobernadora de Tlaxcala prometió abrir oficinas de atención para personas defensoras de los derechos humanos y periodistas

 

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) urgió a las autoridades estatales y federales, implementar  medidas que garanticen la vida, seguridad, integridad y libertad de activistas, periodistas y comunicadores.
 
Jackqueline Ordóñez Brasdefer, presidenta de dicha Comisión explicó que el acto replicado a nivel nacional por las comisiones y procuradurías de derechos humanos tiene como fin refrendar su compromiso de garantizar la libertad de la expresión de comunicadores y periodistas en el país, el cual está en los primeros lugares de naciones más peligrosas para ejercer dichas labores.
 
Refirió que el 2022 se tornó demasiado violento para periodistas y activistas en México, pues tan solo en enero cuatro comunicadores perdieron la vida por su labor, dos de los casos fueron documentados en Tijuana, uno en Veracruz, y el más reciente, en Michoacán.
 
Recordemos que la CEDH es un organismo público autónomo del Estado mexicano, es decir, no depende de ninguna otra autoridad. Su misión es la defensa, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Mexicana, los tratados internacionales y las leyes,
 
Ordóñez Brasdefer aseguró que los trabajadores de la información y la comunicación  son el “puente” para que las personas cumplan su derecho de acceso a la información y se mantengan informadas.
 
Por tal motivo, consideró que es necesaria la pronta intervención del gobierno, para que en el estado se abran las oficinas de atención para personas defensoras de los derechos humanos y periodistas, la cual fue promesa de la ahora gobernadora, Lorena Cuéllar Cisneros.
 
Además, pidió se hagan las investigaciones correspondientes para que se esclarezca cada uno de los homicidios dolosos de periodistas y activistas, los cuales dijo, la mayoría siguen impunes y deben resolverse en apego a sus derechos humanos.
 
La CNDH lleva a cabo otras actividades como las de observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos.
 
Para lograr lo anterior, la ley le otorga las siguientes funciones específicas.
 
  • Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos
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  • Conocer e investigar presuntas violaciones de derechos humanos, por acciones u omisiones de las autoridades administrativas de carácter federal, o por la tolerancia o anuencia de la autoridad de conductas ilícitas que realicen particulares o agentes sociales;
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  • Formular recomendaciones públicas, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, cuando se decida en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas; así como por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales.
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  • Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;
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  • Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
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  • Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
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  • Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;
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  • Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos
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  • Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario, mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que guardan los centros de reinserción social en el país.
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  • La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
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  • Presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando exista una ley o tratado que se estime que vulnera derechos humanos.
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  • Coordinar las acciones del Mecanismo Nacional de Prevención en ejercicio de las facultades que establece el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

​Foto: archivo-e

LSM

 

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