Los partidos sellaron en 1996 que por sí sola ninguna fuerza política pudiese modificar la Constitución

Las cinco reformas constitucionales que establecieron las bases de representación legislativa en México, entre 1986 y 1996, enmarca la importancia de garantizar la pluralidad de los ciudadanos depositada en las urnas.
Destaca en la historia de ese proceso parlamentario el momento en que “todas las instituciones partidistas encumbraron –hace 28 años- el consenso de establecer en la Constitución los mecanismos para evitar que, por sí sola, una sola fuerza política pudiera modificarla”.
Previamente se había clarificado, en reforma de 1993, que “un solo partido no podría ni tendría mayoría calificada”, expone la periodista Ivonne Melgar en extenso reportaje publicado ayer en Excélsior.
Mismo que se concatena con lo expuesto ayer en este espacio:
Sobrerrepresentación que AMLO frenó en 1998 en el Congreso de Quintana Roo, hoy busca imponerlo en la Cámara de Diputados”.
Agregándose, hace 26 años, el entonces dirigente nacional del PRD, López Obrador, derribó la sobrerrepresentación legislativa en el Congreso de Quintana Roo, cuyos diputados previamente habían aprobado la iniciativa enviada por el gobernador Mario Villanueva Madrid.
Resolutivo del fallo jurídico-electoral emitido por la Ministra, hoy en retiro y actual Senadora de Morena, Olga Sánchez Cordero, aún se encuentra publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Acción que ahora López Obrador pugna, al igual que la Presidenta Electa, Claudia Sheinbaum, para que Morena obtenga esa sobrerrepresentación en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados –tomará posesión el próximo primero de septiembre-, que le permitiría tener mayoría absoluta, concluye cita.
¿QUÉ PASÓ DESPUÉS DE 1996 CON EL 8 POR CIENTO?
Abunda la nota de Excélsior:
José Woldenberg –ex Consejero Presidente del entonces IFE- reseña que, en la ley reglamentaria de la reforma de 1996, se estableció que partidos y coaliciones eran equiparables.
“Incluso si alguien tiene la curiosidad de ver la prensa de aquellos días se anunció con bombo y platillo que esa reforma, lo que implicaba, era que ninguna fuerza política en singular iba a poder modificar la Constitución por sí misma, porque la Constitución le ponía un tope de 300 sobre 500 –legisladores- pues es el 60 por ciento.
“Ésa fue la reforma de 1996, e, insisto, la Constitución está intocada desde entonces, pero se complementa con ese artículo de la ley que señalaba que partidos y coaliciones eran equiparables.
“Ahora ¿qué sucedió y por qué estamos metidos en este brete?
“En el año 2007, esa disposición legal se removió, no existe más y por ello desde el Gobierno se dice, bueno, literalmente, la Constitución dice 8 por ciento por partido.
“Entonces, lo que uno se tiene que preguntar es ¿cuál fue el objetivo que movió a los legisladores de 2007 para remover esa frase que decía que ‘coaliciones y partidos eran equiparables’?
“Y la respuesta es muy fácil: eso se hizo porque en 2007 lo que se modificó no fue la fórmula de representación, sino la fórmula de aparición de los partidos en la boleta electoral”, narra Woldenberg.
La argumentación fue que cada uno de los partidos debería ir por separado en la boleta, “porque es la manera en que sabremos cuántos votos aportó cada uno a esa coalición, es decir, las coaliciones se valen, pero cada uno de los partidos políticos irá en su propio espacio y ya hemos visto, incluso los resultados que ha dado esa fórmula”.
El caso, en 2018, del PES que era parte de la coalición ganadora, pero por sí misma no obtuvo el 3% y perdió su registro.
“Si uno lee la iniciativa que modificó aquella ley, si lee el dictamen que modificó aquella ley, si lee las intervenciones en tribuna de quienes participaron en esa reforma, se dará cuenta que ésa era la intención y no la que ahora se quiere leer, que es la de permitir que dos o tres partidos puedan tener una sobrerrepresentación o que por la vía de las coaliciones se haga cera y pabilo de la disposición constitucional del 8 por ciento”.
LA FÓRMULA ACTUAL SE DISEÑÓ EN 1996
Recordó el ex titular del IFE, que “la fórmula actual se diseñó en 1996, ¿qué fue lo que se discutió? Desde la izquierda se planteó la representación proporcional estricta, que siguiéramos con 300 uninominales y 200 plurinominales, pero que los 200 plurinominales sirvieran para ajustar el porcentaje de votos, el porcentaje de diputados al porcentaje de votos, esa fue la propuesta con la que se sentó a la mesa el PRD, del otro lado era el PRI el que señalaba que era necesario contar con algo similar a la cláusula de gobernabilidad.
“¿Para qué? Para que siempre hubiera una mayoría en la Cámara y al final lo que hubo fue una negociación pragmática, se dijo: okey, ni representación proporcional estricta ni cláusula de gobernabilidad ni una sobrerrepresentación excedida.
“Por eso la Constitución dice que ningún partido puede tener un 8% por encima de su votación, ése fue el límite que se estableció y no solamente eso, en la propia Constitución dice que ningún partido político por sí mismo puede tener más de 300 diputados, es decir, el 60% y eso está intocado hasta la fecha en la Constitución”, advierte José Woldenbger.
Termina resumen del reportaje de la periodista Ivonne Melgar.
En la cancha de los consejeros del INE y de los ministros del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, está la gran decisión que marcará un antes y un después en la vida política-electoral del país:
¿Aprobar sobrerrepresentación del 12 por ciento?
¿Aprobar sobrerrepresentación máxima del 8 por ciento?
Al tiempo.
 
 
clh