Inician 3 días de reflexión, ¿Qué está permitido por la ley?

Este miércoles 27 de junio terminaron las campañas y comenzó lo que se denomina como veda electoral.

Este miércoles 27 de junio terminaron las campañas y comenzó lo que se denomina como veda electoral. Éste periodo inició a las cero horas del jueves 28 de junio y finalizará el próximo domingo 1º de julio hasta el cierre oficial de las casillas electorales - 18:00 horas - o hasta que aún se encuentren electores formados para votar.

En este espacio para la reflexión, no se permite la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electoral.

Esto significa que, durante los tres días anteriores a la próxima jornada electoral, existe la prohibición de hacer llamados al voto, ya que el objetivo principal de la veda electoral es que la ciudadanía reflexione su voto con base en las propuestas que escucharon durante el tiempo de la campaña electoral.

Durante la veda electoral, los candidatos no pueden realizar reuniones o actos públicos de campaña, tampoco se puede entregar propaganda de los actores políticos o partidos, la restricción también se extiende a los gobiernos, pues no pueden difundir información sobre acciones y resultados.

Además, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) prohíbe la publicación o difusión por cualquier medio, de los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas aplicables a aquéllos que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE).

Los medios de comunicación tienen la prohibición de emitir contenido relacionado a los candidatos y sus propuestas; las autoridades electorales únicamente transmitirán mensajes relacionados a la jornada, por ejemplo, cómo ubicar tu casilla, cómo votar correctamente, cómo denunciar un delito electoral, entre otras cuestiones importantes de la jornada electoral.

Con respecto a la propaganda electoral, la LEGIPE señala que el retiro de la que se encuentre en la vía pública, debe iniciar siete días antes del día de la elección, y la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, ya que su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral.

Esta es una de las razones de por qué la próxima jornada electoral, no debe haber propaganda de candidatos o partidos cerca de las casillas, ya que la omisión en el retiro o fin de distribución de la propaganda, es sancionada conforme a la ley.

De esa manera, lo que está prohibido durante el periodo de la veda electoral es:

  • La celebración de reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda o de proselitismo;
  • Propaganda por parte de los partidos políticos y candidatos;
  • Difusión de propaganda gubernamental;
  • Realizar o difundir informes anuales de labores;
  • Propaganda política en radio o televisión; y
  • Dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

 Artículo 251.6, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 Artículo 210, numerales 1 y 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 Artículo 210, numeral 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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Jorge Sánchez

Magistrado Jorge Sánchez Morales

Sala Regional Guadalajara  TEPJF

 

Nació el 19 de febrero de 1968 en la ciudad de Puebla, donde realizó su instrucción básica y media e ingresó a la Universidad Popular Autónoma de Puebla (UPAEP), ahí recibió dos nominaciones por mérito al estudio 1985 y 1986 y la mención académica en 1991. Obtuvo el título de licenciado en Derecho en 1992, el grado de Maestría en 2016 y el Doctorado en 2018.

 

De 1993 a 2001 fue abogado externo de Bancomer, S.A.; Multibanco Mercantil Probursa S.A. y Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A. entre otras instituciones financieras

En 2001 fue secretario de estudio y cuenta del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, donde permaneció hasta 2006.

Ingresó al ámbito administrativo electoral, uniéndose al entonces Instituto Federal Electoral (IFE) como Consejero en el Estado de Puebla, desempeñándose como presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos en el Proceso Electoral Federal 2005-2006.

En 2006 fue designado presidente del Instituto Electoral del Estado de Puebla para el periodo 2006-2012.

Desde 2015 ocupó el cargo de magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, designado por el Pleno del Senado de la República.

Durante el mes de agosto de 2016 participó en el Proceso de selección de magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

A partir del 23 de febrero del 2017 a propuesta del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por designación del Senado de la República, ocupa el cargo demagistrado de la Sala Regional Guadalajara, Primera Circunscripción Plurinominal del TEPJF.

Por invitación de la George Washington University The Graduate School Of Political Management, participó como observador internacional en la elección presidencial en Estados Unidos en noviembre de 2008, en la cual resultó electo presidente de los Estados Unidos Barack Obama; y en noviembre de 2016 cuando se eligió como presidente a Donald Trump.

Así mismo participo por grupo UNIORE como observador internacional en las Elecciones Generales de Honduras en noviembre de 2017.