• Teziutlán

Capacita PGJ a Ministerios Públicos sobre delitos electorales

Si no se tiene conocimiento de las conductas que constituyen un delito electoral, se puede incurrir en otras de tipo penal.

Zacapoaxtla, Pue.- Titulares de las agencias del ministerio público de ciudades como Libres, Tlatlauquitepec, Cuetzalan y Zacapoaxtla, así como agentes sub alternos y jueces de paz participaron en una capacitación que brindó la dirección de profesionalización de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) para darles a conocer las directrices del cómo deben de actuar para la correcta integración de una carpeta de investigación ante la comisión de un posible delito electoral.

Lo anterior, de cara a la jornada que se desarrollara el próximo 7 de julio para elegir a los 217 presidentes municipales y 26 diputados locales de Puebla.

Francisco Díaz Ballesteros, director de profesionalización de la PGJ explicó que con el interés de que los ciudadano sepan que la procuraduría habrá de coadyuvar en la jornada electoral, se pretende que especialistas instruyan sobre temas importantes para que los ciudadanos conozcan cuando se configura un delito electoral, ya que las personas que incluso tienen licenciatura no saben de este tipo de situaciones, señaló en entrevista.  

José Luis Montaño de la Rosa, responsable de la coordinación de agente del ministerio en la zona, fue quien dio brindó la capacitación, además de que contó con la asistencia de Juan Felipe Reyes Matamoros, director de agencias del ministerio público en la zona nororiente, quien destacó la preocupación del procurador Víctor Carranca Bourguet para que las autoridades y ciudadanos conozcan de esta información.

Lo importante es que aprendan a distinguir qué conductas implican un delito electoral, siendo ésta la acción que un ciudadano o funcionario realice cuando viole en cualquiera de sus formas el voto.

Montaño de la Rosa dijo que transportar a personas no es un delito electoral, sin embargo si la persona que las traslada en ese momento los induce a votar por un determinado candidato o partido se está cometiendo un delito electoral y debe de ser denunciado.

Para este tipo de hechos tiene aplicación el Código Penal del Estado en el capítulo vigésimo de los artículos 441 al 447, el nuevo Código de Procedimientos Penales para el Sistema Acusatorio, el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, aunque también se pueden contemplar delitos electorales del fuero federal cuando se altera el registro federal de electores o se retienen credenciales para votar por lo que también tendrá aplicación el código penal federal.

Jueces de paz del municipio de Zacapoaxtla externaron que en el pasado proceso electoral local se registraron problemas, ya que uno o dos días antes de la elección grupos de personas instalaban retenes en comunidades y revisaban a las camionetas que circulaban para la supuesta búsqueda de despensas o material para la posible coacción del voto.

Montaño de la Rosa dijo que en estos casos se debe de tener cuidado ya que se puede configurar el delito de privación ilegal de la libertad o robo, por lo que no se pueden instalar puestos de revisión que no sean por parte de una autoridad y con la debida autorización.

Por su parte Francisco Díaz Ballesteros explicó que ya se llevaron a cabo este tipo de capacitaciones en las regiones de Chignahuapan, Xicotepec, Ciudad Serdán, Teziutlán e Izucar de Matamoros, faltando Acatlán de Osorio, Tehuacán y la ciudad de Puebla, donde se estarán llevando este tipo de pláticas en el transcurso de la próxima semana.

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